febrero 19, 2025

VACACIONES. COSAS QUE DEBES CONOCER

 VACACIONES. COSAS QUE DEBES CONOCER

por Enrique Rueda

1.    Al cumplir tu primer año de servicios tienes derecho a un período anual de vacaciones pagadas.

2.    Se disfrutan en forma continua en días laborables.

3.    No se pueden compensar con dinero, salvo en el caso de terminación de la relación de trabajo.

4.    Se debe recibir un pago adicional no menor del 25% del salario normal (prima vacacional).

5.    Se deben conceder dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

6.    Las vacaciones no disfrutadas no se acumulan, ya que prescriben al año.

7.    Todas las personas trabajadoras tienen derecho a vacaciones, sin importar si son de base, confianza, sindicalizados o eventuales.

8.    A partir del primer año de trabajo, el trabajador tiene derecho a 12 días de vacaciones y aumentan 2 días por año hasta llegar a 20 días. A partir del sexto año, el aumento es de 2 días cada 5 años.

9.    Multas por incumplimiento Si un patrón niega las vacaciones, puede ser sancionado con multas de hasta 5000 veces la UMA.

 

Autor de este artículo:

Enrique Rueda Santillán.

Maestro y Licenciado en Derecho

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