Conciliación y Arbitraje México
Centro Privado de Asesoría Legal
noviembre 18, 2025
DESCANSO OBLIGATORIO NO PAGADO. DENUNCIA
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#ConDerechosTrabajamosMejor #NuevaRealidadLaboral
noviembre 13, 2025
noviembre 11, 2025
noviembre 07, 2025
EL BUEN FIN 2025: TUS DERECHOS LABORALES Y PAGO DE SALARIO
EL BUEN FIN 2025: TUS DERECHOS LABORALES Y PAGO DE SALARIO
Por Enrique Rueda Santillán
El programa El Buen Fin
es una iniciativa de colaboración público-privada cuyo objetivo es apoyar la
economía familiar, impulsar el mercado interno y fortalecer el comercio formal.
Para lograr los niveles de atención y venta que se esperan en estos días, se
requiere la participación constante de las personas trabajadoras durante toda
la duración del programa.
Por ello, es fundamental
conocer tus derechos laborales. Aquí te explico, de manera clara y
directa, lo que la Ley Federal del Trabajo protege en estas fechas.
1) ¿Cómo debe ser tu salario
durante El Buen Fin?
Si tu jornada habitual
incluye trabajar fines de semana, tu pago durante El Buen Fin debe reflejar lo
siguiente:
- Viernes:
salario normal
- Sábado: salario normal
- Domingo:
salario normal + 25% de prima dominical
- Lunes (tercer lunes de noviembre):
salario normal + 200% adicional por ser día de descanso
obligatorio
2) Pago Triple en el Día de
Descanso Obligatorio
El tercer lunes de
noviembre es día de descanso obligatorio. Si trabajas ese día, debes
recibir pago triple: Tu salario base + 200% adicional.
Este derecho es irrenunciable,
sin importar acuerdos, políticas internas o la situación económica de la
empresa.
3) Prima Dominical
Si trabajas el domingo
durante El Buen Fin, debes recibir al menos 25% adicional sobre tu
salario diario. A esto se le llama prima dominical.
4) Pago de Horas Extras
Si tu jornada supera las 8
horas diarias, cada hora extra debe pagarse con 100% adicional, es
decir, doble. Si las horas extra rebasan 9 por semana, la empresa
puede ser sancionada.
5) No se puede “cambiar” el
Día de Descanso Obligatorio
El patrón no puede pedirte
que intercambies tu descanso obligatorio por otro día, ni de forma verbal ni
por escrito. Este descanso es un derecho irrenunciable. (Artículo 5,
fracción XIII LFT) Si lo trabajas → se paga triple, sin excepción.
6) Impacto en tu Salario,
Comisiones y Bonos
Es importante recordar:
Más ventas no significan
automáticamente más sueldo.
Las comisiones y bonos
solo se pagan si:
- Están en tu contrato, o
- Existen políticas internas por escrito.
Si recibes comisiones, haz lo
siguiente:
- Solicita por escrito la política
de comisiones.
- Pide comprobantes o reportes donde
aparezca tu desempeño.
- Guarda tickets, folios o ventas
vinculadas a tu código de vendedor.
7) Impacto en la Jornada de
Trabajo
Durante El Buen Fin suelen
incrementarse:
- Horas de jornada
- Cambios de turno
- Guardias en domingo
- Atención a devoluciones y reclamaciones
Todas estas situaciones ya
están reguladas, por lo que deben pagarse conforme a la Ley (horas
extra, prima dominical o pago triple).
Conclusión
El Buen Fin es una temporada
estratégica para las empresas, pero eso no autoriza reducir, omitir o
condicionar tus derechos laborales. Conocer la ley te permite defender
tu salario, tu tiempo y tu esfuerzo.
Autor:
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en
Derecho
Especialista en Derecho
Laboral
Se permite la reproducción
total o parcial citando autor y fuente.
#DerechoLaboral
#TrabajadoresDeMéxico
noviembre 06, 2025
¿Qué debes hacer en caso de despido injustificado? 7 pasos que debes seguir ahora mismo
¿Qué debes hacer en caso de despido injustificado?
7 pasos que debes seguir
ahora mismo
Por Enrique Rueda
Si te acaban de decir que “tu
ciclo concluyó”, que “la empresa está haciendo ajustes” o que ya
estás dado de baja, respira.
Relájate un momento. No firmes nada todavía.
Tus derechos siguen ahí, pero sí podrías perderlos si actúas con prisa o bajo
presión.
Aquí tienes 7 pasos
prácticos para actuar desde el primer minuto:
1. Mantén la calma y recopila
pruebas
No entres en discusiones ni
peleas. Mantente firme, pero tranquilo.
Registra todo:
- Nombre de la persona que te despidió
- Fecha y hora
- Lugar y cómo ocurrió
- Qué palabras utilizaron
Guarda mensajes, audios,
correos, fotos del lugar y, si hay testigos, toma sus datos.
Entre más pruebas tengas, más fuerte será tu caso.
2. Solicita por escrito la
causa del despido
La Ley Federal del Trabajo
establece que el patrón debe entregarte un aviso escrito, donde indique
claramente el motivo del despido y las fechas en que supuestamente ocurrió la
conducta que lo originó.
Pide ese documento y su
copia.
Si se niegan, graba la conversación donde te confirmen que te están
despidiendo.
3. No firmes renuncias ni
documentos que no comprendas
Si te presentan documentos:
- Léelos con calma
- Si no estás de acuerdo o no entiendes,
escribe:
“NO ACEPTO” o “INCONFORME”
Jamás firmes una carta de
renuncia si no quieres renunciar.
Y si te quieren presionar, regístralo en tu teléfono. Esa prueba vale
mucho.
4. Pregunta cuánto te van a
pagar y por qué
Pide que te expliquen, de
forma clara, qué cantidad te ofrecen y qué conceptos incluye (salario,
vacaciones, aguinaldo, etc.).
De preferencia, solicítalo por escrito.
Pero no aceptes ningún
pago ni acuerdo sin antes consultarlo con un abogado especialista.
Muchas veces, lo que ofrecen es menos de lo que realmente corresponde.
5. Busca asesoría lo antes
posible
Acércate a un abogado laboral
o defensor público.
Él te dirá si te conviene negociar, conciliar o demandar.
Una llamada a tiempo puede cambiar por completo el resultado.
6. Actúa dentro del plazo
Desde el día del despido, tienes
2 meses para presentar la demanda.
Antes de eso, es obligatorio pasar por Conciliación Laboral.
Si dejas pasar este tiempo, pierdes
el derecho a reclamar. No lo dejes correr.
7. No aceptes acuerdos sin
orientación legal
Si el despido es
injustificado, la ley te da derecho a elegir entre:
- Reinstalación
en tu puesto
- Indemnización constitucional
Si eliges la indemnización,
normalmente corresponde:
Tres meses de salario, más prestaciones pendientes y salarios caídos.
Si te acaban de despedir, no
estás solo(a).
Puedes acudir a tu abogado de confianza o al servicio público de asesoría.
Si deseas que evaluemos tu
caso, te acompañemos en la conciliación o preparemos tu demanda, envíanos
mensaje.
Revisamos tu situación y te guiamos paso a paso.
noviembre 05, 2025
Aguinaldo 2025: Lo que debes saber para recibir lo que te corresponde
Aguinaldo 2025: Lo que debes saber para recibir lo que te corresponde
Enrique Rueda
Cada fin de año llega con metas
cumplidas, dificultades superadas y, para muchas personas, un respiro que les
permite cerrar el ciclo con algo de tranquilidad. En medio de todo eso surge
siempre la misma pregunta:
¿Cuánto me toca de aguinaldo
y cómo puedo estar seguro(a) de que me están pagando correctamente?
No es una duda menor. El
aguinaldo no es una dádiva. No es un favor de la empresa.
No es un gesto de buena voluntad. Es un derecho laboral reconocido por la ley,
y conocerlo te permite proteger tu trabajo y tu esfuerzo.
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es una
prestación laboral establecida en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo,
que obliga al patrón a pagarlo antes del 20 de diciembre de cada año.
Este derecho aplica
independientemente de:
- Si tu contrato es verbal o por escrito,
- Si eres trabajador fijo, eventual o por
temporada,
- Si recibes salario diario, semanal,
quincenal o mensual.
Si trabajaste, aunque haya
sido un solo día, tienes derecho a recibir aguinaldo.
¿Cuánto te corresponde en
2025?
La ley establece que el
aguinaldo no puede ser menor a 15 días de salario.
- Si trabajaste todo el año → 15 días de
salario mínimo.
- Si trabajaste solo parte del año → Te
corresponde la parte proporcional.
Si tu contrato, sindicato o
empresa otorga más días, deben respetarlo.
Lo que favorece al trabajador no se puede reducir.
Cómo calcular tu aguinaldo en
2025
1. Si trabajaste todo el año
Supongamos que tu salario
diario es de $380 pesos.
15 días × $380 = $5,700 pesos
de aguinaldo.
2. Si solo trabajaste parte
del año
Si trabajaste 200 días:
- 15 días de aguinaldo ÷ 365 = 0.04109 días
por cada día trabajado
- 0.04109 × 200 = 8.218 días de aguinaldo
- 8.218 × $380 = $3,121 pesos
aproximadamente
Aunque no hayas trabajado el
año completo, tu derecho permanece.
Si recibes comisiones o
ingresos variables
La ley es clara.
Art. 89 de la LFT: Cuando el
salario se compone de comisiones, piezas o ingresos variables, se debe calcular
el promedio de los últimos 30 días trabajados.
Es decir, si en 30 días
recibiste:
- Sueldo base: $4,200
- Comisiones: $3,900
Total: $8,100
$8,100 ÷ 30 = $270 pesos
diarios
Tu aguinaldo si trabajaste
todo el año:
$270 × 15 = $4,050 pesos
👉 El patrón no puede calcular tu aguinaldo
solo sobre el sueldo base si tus ingresos reales incluyen comisiones.
¿El aguinaldo paga impuestos
en 2025?
De acuerdo con la Ley del
ISR, el aguinaldo tiene una parte exenta de impuestos, equivalente a 30 UMA.
La UMA 2025 se publicará en
enero, pero si seguimos la tendencia inflacionaria, la exención estimada estará
entre $3,400 y $3,650 pesos aproximadamente.
- Si tu aguinaldo es menor a esa cantidad →
No paga impuestos.
- Si supera esa cantidad → Solo el excedente
paga.
¿Qué pasa si no te lo quieren
pagar?
Negarse a pagar el aguinaldo es
una violación directa de la ley.
Si ello ocurre:
- Solicítalo por escrito o WhatsApp,
dejando evidencia.
- Guarda recibos y comprobantes.
- Acude al Centro Federal de Conciliación y
Registro Laboral.
- Tienes 1 año completo para reclamar.
Si el patrón impide tu
ingreso o condiciona tu firma, puede considerarse despido injustificado y
deberás reclamar liquidación completa.
Conclusión
Tu trabajo tiene valor.
Tu tiempo tiene valor.
Tu esfuerzo tiene valor.
El aguinaldo es una forma de
reconocer esa realidad.
Si alguien te dice que “no te
toca”, que “no hay presupuesto”, o que “hay que firmar para ajustarlo”,
recuerda:
La ley te respalda. Y cuando
la ley te respalda, no pides favores: ejerces derechos.
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en
Derecho
✍️ Autor:
Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición, estilo y estructura
con apoyo de IA (GPT-5), conservando estilo autoral.
🏷️
#DerechosLaboralesMéxico #ConciliaciónYArbitraje #LeyFederalDelTrabajo
#PROFEDET #Aguinaldo
noviembre 04, 2025
17 DE NOVIEMBRE. DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO.
17 DE NOVIEMBRE. DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO.
Enrique Rueda Santillán
Ya que así lo señala la
Ley Federal del Trabajo: (Artículo 74)
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de
febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes
de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El
16 de septiembre;
VI.
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII.
El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del
Poder Ejecutivo Federal;
VIII.
El 25 de diciembre, y
IX.
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de
elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
¿Qué personas se deberán presentar a la empresa el día de
descanso obligatorio?
En
los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el
número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un
convenio, resolverá el tribunal laboral. Artículo 75.
¿Cuánto me debe pagar si trabajo un día de descanso
obligatorio?
Los trabajadores que presten sus
servicios tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario
que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el
servicio prestado. Para hacer el cálculo debes multiplicar el monto de tu
salario diario por tres y tendrás el monto que te corresponde por trabajar el
día de descanso obligatorio.
¿Cómo se calcula el pago del salario de ese día?
Veamos un ejemplo con un salario diario de $238.oo de un trabajador que si laboró. $300 x 3 = $900
|
SALARIO DIARIO |
$ 300.00 |
|
DOBLE DEL SALARIO |
$ 600.00 |
|
SALARIO DIA DESCANSO |
$ 900.00 |
¿El día de descanso
obligatorio se puede tomar a cuenta de vacaciones?
No, estos días están contemplados en la
Ley como de descanso obligatorio y tendrán derechos a disfrutar de los mismos
todos los trabajadores.
Me toca descansar el día de descanso obligatorio ¿tengo
derecho a recibir mi salario?
Si, durante los días de descanso
obligatorio los trabajadores tienen derecho a recibir el pago íntegro de su
salario.
El día de descanso obligatorio coincide con mi descanso
semanal ¿tengo derecho a un pago adicional?
No, sólo tendrás derecho al pago normal
que corresponda a ese día.
¿El día de descanso obligatorio se
aplica en todas las empresas?
Si, en todas las empresas privadas sin
excepción se aplica el día de descanso obligatorio, ya que el artículo 1° de la
Ley Federal del Trabajo establece que “La presente Ley es de observancia general en toda la
República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123,
Apartado "A", de la Constitución”.
¿Los trabajadores al servicio del estado tienen derecho a
disfrutar del descanso obligatorio?
Si, los trabajadores al servicio del Estado
tendrán derecho a disfrutar de los días de descanso obligatorio de conformidad
con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaría
del Apartado B del artículo 123 Constitucional, y de las respectivas Leyes del
Trabajo vigentes en cada entidad federativa, atendiendo a las necesidades y
modalidades del servicio público.
¿Se puede permutar el día de descanso obligatorio por otro
día de trabajo?
No, Si, en todas las empresas privadas
sin excepción se aplica el día de descanso obligatorio; en este sentido el
artículo 5° fracción XIII señala que:
Artículo 5°. Las
disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto
legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o
verbal, la estipulación que establezca:
XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de
los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo.
En
todos estos casos se entenderá que rigen la Ley o las normas supletorias en
lugar de las cláusulas nulas.
¿Si falto a mi trabajo el día de descanso obligatorio me
pueden despedir?
No, esa no es una de las causas
previstas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo como despido
justificado.
¿Si falto a mi trabajo el día de descanso obligatorio me
pueden descontar salario triple?
No, sólo podría descontarse el salario
base correspondiente a ese día si existiera acuerdo obrero patronal o
determinación de la autoridad, en el sentido de que el trabajador debe prestar
sus servicios el día de descanso obligatorio.
¿Me puedo negar a ir a laborar el día
de descanso obligatorio?
El artículo 75 de la Ley Federal del
Trabajo señala que “los
trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban
prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de
Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje” En
tal virtud, si existe acuerdo sobre el número de trabajadores que deberán
prestar sus servicios, no puedes negarte a acudir si eres uno de los
designados. Pero si no hay acuerdo sobre el número de trabajadores que deban
prestar sus servicios, tendrá que resolver la Junta, pero si nada resuelve no
existe obligación del trabajador en acudir a prestar sus servicios.
¿Qué sanciones se le aplicará al patrón que no respete el
día de descanso obligatorio o no pague el mismo?
Los patrones que incumplan con otorgar el día de descanso obligatorio u omitan el pago íntegro del mismo a aquellos trabajadores que lo labores, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización
Ley Federal del
Trabajo
TÍTULO DIECISEIS
RESPONSABILIDADES Y
SANCIONES
Artículo 1000.- El incumplimiento de las normas
relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y
descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de
trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad
de Medida y Actualización.
En caso de no recibir el pago o no me respeten mi derecho
al descanso obligatorio ¿a dónde puedo acudir?
Ante el Centro de Conciliación
Laboral o la oficina de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que
corresponda al domicilio en donde se ubique la fuente de trabajo.
TELÉFONO
800-911-7877 CORREO orientacionprofedet@stps.gob.mx
Autor de este
artículo:
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado
en Derecho
El contenido de este artículo es propiedad de su autor
queda permitida su reproducción
total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor
octubre 29, 2025
¿QUIÉN DECIDE CUANDO TOMO MIS VACACIONES? ¿MI JEFE O YO?
¿PUEDE MI JEFE DECIDIR CUANDO TOMO MIS VACACIONES?
🌴 Introducción: ¿Quién tiene el control de tus días de descanso?
Imagina que se acerca el verano y ya sueñas con la playa, la montaña o simplemente descansar en casa. Pero, al solicitar tus vacaciones, tu jefe responde: “No es posible en esas fechas”. ¿Te suena familiar? Este escenario, más común de lo que debería, plantea una pregunta crucial: ¿quién decide realmente cuándo tomas tus vacaciones?
📜 Entendiendo tus derechos: La Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece claramente que, tras cumplir un año de servicio, tienes derecho a un período mínimo de vacaciones. Desde la reforma de 2023, este período inicia con 12 días y aumenta con la antigüedad:
-
Año 1: 12 días
-
Año 2: 14 días
-
Año 3: 16 días
-
Año 4: 18 días
-
Año 5: 20 días
-
De 6 a 10 años: 22 días
-
De 11 a 15 años: 24 días
-
De 16 a 20 años: 26 días
-
De 21 a 25 años: 28 días
-
De 26 a 30 años: 30 días
-
De 31 a 35 años: 32 días
Además, durante tu período vacacional, debes recibir tu salario ordinario y una prima vacacional no menor al 25% sobre dicho salario.
⚖️ ¿Quién decide las fechas de tus vacaciones?
Aquí es donde muchos trabajadores tienen dudas. Según el artículo 78 de la LFT, del total del período vacacional que te corresponde, deberás disfrutar al menos 12 días continuos. Sin embargo, la distribución del resto del período puede ser acordada entre tú y tu empleador.
Es decir, tienes el derecho de decidir cómo y cuándo disfrutar de tus vacaciones, siempre y cuando haya un acuerdo con tu empleador. La ley busca equilibrar las necesidades de descanso del trabajador con las operativas de la empresa.
🛡️ Protegiendo tus derechos: ¿Qué hacer si se niegan tus vacaciones?
Si tu empleador se niega a otorgarte tus vacaciones dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio, está incumpliendo la ley. En tal caso, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita y hacer valer tus derechos.
🌈 Conclusión: Toma las riendas de tu descanso
Tus vacaciones no son un favor, son un derecho. Conocer y ejercer este derecho es fundamental para tu bienestar físico y emocional. No permitas que la desinformación o la presión laboral te priven de tu merecido descanso.
Fuente: Ley Federal del Trabajo
octubre 23, 2025
¿Adiós al Impuesto en Tu Aguinaldo? El regalo sorpresa para un Fin de Año Más Justo para los Trabajadores Mexicanos
¿Adiós al Impuesto en Tu Aguinaldo?
El regalo sorpresa para un
Fin de Año Más Justo para los Trabajadores Mexicanos
El Golpe Silencioso de Cada
Diciembre
Imagina esto: es diciembre, has trabajado todo el año, lidiando con turnos largos, transporte caro y el peso de la inflación.
Llega tu aguinaldo —ese respiro tan esperado para los regalos, las deudas o la
cena familiar—, pero al revisar tu cuenta, notas que una parte se fue en
impuestos. 😔
¿Te suena familiar?
Esa es la realidad de
millones de trabajadores mexicanos que ven cómo el ISR reduce lo que debería
ser una recompensa al esfuerzo de todo un año. Hoy, ese tema está de nuevo
sobre la mesa.
Por Enrique Rueda
¿Por Qué el Aguinaldo y el
ISR nos Toca a Todos?
El aguinaldo no es un
“extra”, es un derecho laboral establecido en el artículo 87 de la
Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970.
Su propósito es claro: aliviar la carga económica de las familias durante la
temporada decembrina.
Pero en 2025, con la
inflación persistente y el costo de vida subiendo, el Impuesto Sobre la
Renta (ISR) aplicado a parte del aguinaldo se siente injusto.
En el Congreso, varias iniciativas buscan eliminar este impuesto,
permitiendo que los trabajadores reciban su prestación completa.
De aprobarse, fortalecería el poder adquisitivo de millones de familias
mexicanas, activaría la economía local y sería un reconocimiento simbólico
al esfuerzo de la clase trabajadora.
Una Historia Que Refleja a
Miles: El Caso de María
María trabaja como auxiliar
administrativa en una empresa de la CDMX. Gana 400 pesos diarios, por lo que su
aguinaldo mínimo equivale a 6,000 pesos.
Pero según la Ley del ISR vigente, solo los primeros 3,439.46 pesos (30 UMAs
en 2025) están exentos; el resto se grava. Eso significa que María pierde
alrededor de 500 pesos en impuestos.
“Es frustrante —me dijo en
redes sociales—, porque ya pagamos IVA en todo, y ahora esto reduce lo poco que
ahorramos”.
Según el INEGI, el 40%
de los hogares mexicanos dependen del aguinaldo para cubrir gastos
extraordinarios. Cuando el ISR entra en juego, reduce esa red de seguridad,
afectando sobre todo a mujeres y familias con ingresos bajos.
Datos Oficiales y Reformas
Laborales 2025
El aguinaldo sigue
regulado por el artículo 87 de la LFT, que obliga a los patrones a
pagarlo antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario
mínimo (o proporcional si no se trabajó el año completo).
Para los empleados públicos,
la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado permite hasta 40
días.
📊 Datos Clave:
- En 2024, más de 20 millones de
trabajadores formales recibieron aguinaldo (STPS).
- El monto promedio fue de 10,000
pesos por persona.
- El artículo 93 fracción XIV de la LISR
exenta solo hasta 30 UMAs.
- El resto se grava con tasas del 1.92%
al 35%, dependiendo del ingreso anual.
Iniciativas en Curso
- Movimiento Ciudadano (MC)
— Diputado Jorge Alfredo Lozoya Santillán, presentada el 27 de
agosto de 2025, busca exentar todo el aguinaldo de ISR.
- Partido Acción Nacional (PAN)
— Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, presentada el 23
de septiembre de 2025, propone además cambios en la LFT y la
ley de servidores públicos.
Ambas iniciativas están en
análisis en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
A octubre de 2025, ninguna ha sido discutida en el pleno, pero el debate
social crece.
En Palabras Simples: ¿Por Qué
Importa Eliminar el ISR al Aguinaldo?
El aguinaldo es tu bono
navideño legal.
El ISR es un impuesto federal sobre ingresos, pero aquí surge el dilema:
¿por qué gravar una prestación que ya es mínima?
👉 Si ganas 300 pesos diarios, tu aguinaldo
sería de 4,500.
De esos, solo 3,439 están libres; el resto paga ISR, quitándote unos 100
a 200 pesos.
Eliminar ese descuento te
dejaría todo el dinero íntegro, dinero que vuelve al comercio local, a tu
mesa y a tu familia.
Según diversas fuentes
consultadas, este gravamen “castiga el esfuerzo” y afecta más a los salarios
bajos, por lo que una reforma así sería un pequeño, pero significativo acto de
justicia.
Consejos Prácticos para
Trabajadores y Patrones
Para Trabajadores
✅ Calcula tu aguinaldo: multiplica tu
salario diario por 15. Puedes usar las calculadoras del STPS.
✅ Revisa tus descuentos:
si notas retención, verifica en tu recibo la base gravable del ISR.
✅ Denuncia si no lo
recibes: acude al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
✅ Infórmate y participa:
sigue las iniciativas legislativas en el portal de la Cámara de Diputados.
Para Patrones
💼 Cumple con la LFT: paga antes del
20 de diciembre y retén ISR solo en el excedente.
💼 Capacita a tu
personal: la transparencia evita conflictos.
💼 Prepárate para el
cambio: si el ISR se elimina, podrás simplificar tu nómina y fortalecer la
relación laboral.
Hablemos Claro: Tu Opinión
Importa
¿Has sentido el impacto del
ISR en tu aguinaldo?
¿Crees que eliminarlo ayudaría a tu familia este fin de año?
💬 Déjame tus
comentarios abajo. ¡Tu voz puede sumar al cambio!
¡Actúa Ahora!
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mi blog para recibir información confiable sobre derechos laborales en
México.
Porque cuando conoces tus derechos, nadie puede quitártelos.
✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Con apoyo de IA para edición, estilo y
verificación de fuentes
Fuentes Oficiales
- Ley
Federal del Trabajo (LFT)
- Ley del
Impuesto Sobre la Renta (LISR)
- Secretaría
del Trabajo y Previsión Social (STPS)
- INEGI - Estadísticas
sobre Ingresos y Gasto de los Hogares
- Conciliación y Arbitraje
México
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