agosto 26, 2025

CAPACITACIÓN FUERA DE HORARIO LABORAL

¿Me pueden obligar a tomar capacitación fuera del horario laboral?
Enrique Rueda 

1.     La capacitación o adiestramiento deberá impartirse al trabajador durante las horas de su jornada de trabajo.

2.     En casos excepcionales, atendiendo a la naturaleza de los servicios, patrón y persona trabajadora podrán acordar que se tome fuera de la jornada de trabajo.

3.     En caso de que la persona trabajadora desee capacitarse en una actividad distinta a la de la ocupación que desempeñe, en cuyo supuesto, la capacitación se realizará fuera de la jornada de trabajo.

4.     Consulta a un abogado para que te oriente sobre tus derechos laborales.

 

Fundamento: Artículo 153-A Ley Federal del Trabajo

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
El contenido de este artículo es propiedad de su autor.
Queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor 

agosto 22, 2025

🚨 ¿Está permitido el cambio de horario laboral sin consentimiento del trabajador?

📱 El "pequeño" cambio que lo altera todo

Enrique Rueda

Te avisan por WhatsApp: "A partir del lunes entras de 3 a 11 pm". Un mensaje que cae como un baldazo de agua fría 🧊. No hubo diálogo, no firmaste nada y tu vida familiar se desmorona como castillo de naipes 🏰.

¿Puede la empresa mover tu horario así, como si fueras una pieza de ajedrez? 🤔
En México, el horario no es un capricho patronal: es una condición esencial de trabajo tallada en piedra 🪨 y la ley pone muros de contención muy concretos. Veamos, con base en la Ley Federal del Trabajo y criterio judicial, qué batallas se pueden librar y cuáles están perdidas desde el inicio. ⚖️


📚 Lo que debes saber (tu arsenal legal 🛡️)

🤝 La jornada y el horario se acuerdan, no se imponen
La LFT establece que trabajador y patrón fijarán la duración de la jornada como dos arquitectos diseñando un edificio 🏗️, respetando los máximos legales. Es decir, la regla de oro es el acuerdo; no el decreto imperial 👑.

✅ Los tres rostros de la jornada:
🌅 Diurna: 8 horas (como el sol que sale y se pone)
🌙 Nocturna: 7 horas (respetando el descanso del búho humano)
🌤️ Mixta: 7.5 horas (el punto de equilibrio)

Cambiarte de diurna a nocturna es como cambiar el día por la noche sin consultarte: un terremoto en tu rutina que la ley no tolera. ⚠️

¿Puede el patrón modificar condiciones como un emperador absoluto?
¡De ninguna manera! 🚫 La variación unilateral es como romper un contrato sagrado: los tribunales la reconocen como una puñalada trapera ⚔️ que permite al trabajador rescindir la relación laboral con indemnización en el bolsillo 💰. El famoso "ius variandi" no es carta blanca para el despotismo empresarial.

🆘 ¿Qué pasa si el cambio convierte tu vida en un infierno?
La LFT te permite alzar la espada judicial ⚔️ cuando la jornada se vuelve un monstruo devorador de tiempo o las circunstancias económicas justifican el cambio. También abre las puertas doradas de la rescisión sin responsabilidad (art. 51 fr. IV LFT) cuando el patrón mueve las reglas del juego sin consentimiento.


🎭 Lo que sucede en la vida real (el teatro laboral cotidiano)

Caso A: 🌅➡️🌙 El gran salto del día a la noche

  • El drama: Te convierten de alondra matutina en búho nocturno sin tu bendición. Es como cambiar de planeta - afecta tu salud, seguridad y esa orquesta familiar que tanto trabajo te costó afinar. 🎼

  • El veredicto legal: Un cambio así es como mover las columnas del templo - la ley lo considera invasión a condición esencial.

  • Tu estrategia de guerra:
    📝 Documento de inconformidad
    🤝 Conciliación obligatoria
    ⚖️ Demanda o rescisión con indemnización como botín

Caso B: ⏰ El vals de las dos horas perdidas

  • El panorama: Te recorren el horario como las manecillas del reloj - mismo turno, nueva ventana. Parece inocente, pero es como cambiar las llaves de tu casa sin preguntarte.

  • La clave maestra: Si no lo aceptas, el patrón no puede forzar la cerradura. Negocia alternativas o activa conciliación. Si te bloquean el acceso, es despido disfrazado con todas sus consecuencias legales. 💪

Caso C: 🚨 La excepción que confirma la regla

  • El escenario: Como en película de acción - siniestro o riesgo inminente. La ley permite estirar la liga temporalmente, pero solo como medicina de emergencia. Las horas extra tienen reglas y pago específico.

Caso D: 📢 El espejismo del aviso

  • La trampa: Te notifican el cambio como proclama real, pero sin tu firma. El aviso no sustituye tu consentimiento. Si no firmas y te dan de baja, probablemente sea despido injustificado. 🚫✍️


🛠️ Tu manual de supervivencia laboral

1️⃣ 📋 Conviértete en detective de tu contrato
Encuentra el horario grabado en piedra. Si no aparece, usa recibos de pago y constancias como testigos mudos.

2️⃣ ✍️ Tu inconformidad: un escudo de papel
Redacta escrito sencillo a Recursos Humanos rechazando el cambio. Guarda copia firmada como tu as bajo la manga.

3️⃣ 🚪 Preséntate en tu horario original
Si te cierran las puertas, documenta todo como reportero de guerra. Esa evidencia prueba despido injustificado.

4️⃣ 🤝 La conciliación: primera línea de defensa
Es obligatoria y gratuita. Allí se busca acuerdo antes de ir a juicio.

5️⃣ ⚖️ El Tribunal: el coliseo final
Si falla la conciliación, tienes tres espadas:

  • Modificación de condiciones (art. 57 LFT)

  • Rescisión con indemnización (art. 51 fr. IV LFT)

  • Despido injustificado

6️⃣ 👥 Tu sindicato: la caballería
Si tienes sindicato, notifícalo de inmediato. El contrato colectivo puede blindar tu caso.


✨ El código de honor para cada bando

👷‍♀️👷‍♂️ Trabajadores
📖 Conoce tu contrato como marinero conoce las estrellas
🚫 Tu firma es sagrada: no la entregues a cambios que no aceptas
📝 Documenta todo como cronista de tu propia historia
🤝 Conciliación: tu primer puerto, gratuito y obligatorio

🏢 Empleadores
🤝 Negocia como diplomático: todo por escrito
🧠 Evalúa impacto en salud, familia y transporte
❌ Evita la imposición: la unilateralidad es campo minado de condenas e indemnizaciones


📝 El gran final
En México, cambiar el horario laboral sin consentimiento es como mover piezas de ajedrez cuando el rival no mira: una jugada prohibida. 🇲🇽
La LFT no es letra muerta: es un escudo viviente que exige acuerdos y ofrece salidas legales para modificar condiciones de manera justa. Si intentan imponerte un cambio, no eres una hoja al viento: tienes herramientas afiladas para conciliar, demandar o rescindir con indemnización como premio a tu resistencia. 💼⚖️


📚 Fuentes de sabiduría

  • Ley Federal del Trabajo (arts. 56, 57, 58–61, 63, 65–68)

  • LFT — Jornada de Trabajo (Justia México)

  • Semanario Judicial: Tesis “Condiciones de trabajo, variación por el patrón, sin consentimiento del trabajador. Es causa de rescisión”

⚠️ Advertencia de navegante: Este artículo es brújula informativa. Para tormentas específicas (contratos colectivos, cláusulas de flexibilidad, teletrabajo), consulta a un capitán especializado en derecho laboral.

✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición y estilo con IA


agosto 19, 2025

Útiles y Uniformes Escolares: ¿Se pueden descontar por nómina?



¿Tu ex se niega a pagar los útiles de los niños y dice que “ya da pensión”? ¿O insiste en que son gastos extra? Hoy te explico cómo funciona realmente la ley en México y cómo lograr que se descuente directo de su nómina.


La realidad legal (directo al grano)

Sí: los útiles escolares forman parte de la pensión alimenticia. No es negociable ni opcional. La ley mexicana es clara: los “alimentos” incluyen todo lo relacionado con la educación: colegiaturas, libros, uniformes, transporte y útiles escolares.

Así que si tu ex dice “eso no me toca”, está equivocado. La única excepción es que la sentencia o convenio establezca expresamente otra forma de cubrirlos.


Descuento por nómina (la vía práctica)

¿Se puede obligar a que paguen directo de su salario? Absolutamente sí. La Ley Federal del Trabajo permite los descuentos en nómina por pensión alimenticia y esta obligación tiene prioridad sobre otras deducciones.

Pero ojo: necesitas una orden judicial. Recursos Humanos no puede retener dinero solo porque tú lo pidas por WhatsApp.


Estrategia según tu situación

👉 Si eres quien recibe la pensión:

  • Junta todos los comprobantes: lista oficial, cotizaciones y facturas.
  • Revisa tu sentencia o convenio: ¿los útiles están como gasto ordinario o extraordinario?
  • Si hay incumplimiento, presenta un incidente de ejecución.
  • Lleva datos exactos del trabajo de tu ex (nombre de empresa, dirección y contacto de RH). Esto agiliza muchísimo el proceso.

Casos reales de juzgados

📌 Agosto, inicio de clases: mamá presenta lista de útiles de $3,000. El papá dice “ya pago pensión”. Resultado:

  • Si la pensión ya incluye educación, no hay descuento extra.
  • Si el convenio marca los útiles como gasto extraordinario, el juez ordena un descuento adicional temporal.

📌 La famosa Tablet: “Mi hijo necesita una computadora para clases en línea”. El juez pide comprobar que es realmente necesaria según la escuela. No basta querer el último modelo.


Preguntas frecuentes

¿El descuento se hace sobre sueldo bruto o neto?

Depende de lo que diga la sentencia. Si no está claro, pide al juez que lo precise. No dejes que RH lo interprete a su conveniencia.

¿Puede la empresa negarse a descontar?

No. Si hay orden judicial y la empresa no cumple, puede enfrentar sanciones legales serias.


Recuerda: no tienes que rogar por lo que les corresponde a tus hijos por ley. Si tu ex no cumple, la herramienta legal existe, úsala.


✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán

🧠 Edición y estilo con IA

16 DE SEPTIEMBRE. DÍA DESCANSO OBLIGATORIO

¿ESTOY OBLIGADO A TRABAJAR?

¿EL DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO SE PUEDE PERMUTAR POR OTRO DÍA?

¿CÓMO SE ME DEBE DE PAGAR?


16 DE SEPTIEMBRE. DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO

Por Enrique Rueda

El dieciseis de septiembre se encuentra señalado en la Ley Federal del Trabajo como día de descanso obligatorio, pero los trabajadores tienen muchas dudas al respecto. En esta capsula resolveré las más comunes que surgen alrededor de los llamados días patrios, pero sobre todo cómo se calcula el pago de tu salario en esos días.

1.     ¿El día 15 de septiembre es día feriado?

No, el 15 de septiembre no está considerado en la ley como día festivo o descanso y por lo tanto se trabaja normalmente.

2.     ¿Estoy obligado a trabajar el 16 de septiembre?

No, ya que la ley lo tiene considerado como de descanso obligatorio y por consecuencia los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios.

3.     ¿Descanso del 16 de septiembre se recorre para el lunes?

No, ya que la ley establece que en esa fecha es la que se considera para los efectos del descanso obligatorio.

4.     ¿Cuál será mi salario en caso de laborar el 16 el septiembre?

Los trabajadores que laboren el día de descanso obligatorio tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

5.     ¿Puedo trabajar el 16 de septiembre a cambio de otro día de descanso?

No, ya que los derechos establecidos en la Ley en favor de los trabajadores son irrenunciables, en tal situación si te hacen trabajar el 16 de septiembre te corresponde el pago de tu salario más un 200% y no es permutable con otro día de descanso.

6.     ¿Es válido cambiar mi descanso semanal por el descanso obligatorio?

No, ya que los días de descanso obligatorio se establecen en favor de todos los trabajadores, con independencia del día de la semana en que ocurra, mientras que los días de descanso semanal corresponden a cada empleado por cada 6 días de trabajo; en conclusión, tienes derecho a disfrutar tanto del día 16 de septiembre como de tu descanso semanal.

7.     ¿El día de descanso obligatorio es a cuenta de vacaciones?

No, ya que las vacaciones te las ganas por tu trabajo a lo largo de todo un año, mientras que los días de descanso obligatorio son un beneficio irrenunciable que establece la Ley Federal del Trabajo para todos los trabajadores.

8.     Si falto el 16 de septiembre, ¿me pueden descontar el día?

No, ya que no existe la obligación de trabajar los días de descanso obligatorio, pero si tienes el derecho de recibir el pago íntegro de ese día.

9.     Si falto el 16 de septiembre ¿me pueden suspender o despedir?

No, ya que no existe la obligación de trabajar los días de descanso obligatorio, y es ilegal que el patrón te aplique sanciones por gozar de ese derecho.

10. ¿El 16 de septiembre estoy obligado a asistir a cursos de la empresa?

No, no estás obligado a asistir a cursos ese día ya que es de descanso obligatorio; en consecuencia, si te hacen ir a capacitación un día de descanso obligatorio tienes derecho a que te paguen tu salario más más un salario doble.

11. ¿Bajo la modalidad de home office estoy obligado a conectarme el 16 de septiembre?

No, no estás obligado a asistir a trabajar ese día ni aún bajo la modalidad de home office, por lo que si te tienes que conectar o trabajar en un día de descanso obligatorio tienes derecho a que te paguen tu salario más un salario doble.

12. ¿Cómo calculo mi salario si trabajo el dieciseis de septiembre?

Multiplica tu salario diario por 2, después suma ambas cantidades y obtendrás tu salario para el día de tu descanso.

SALARIO DIARIO (S.D.)

$302.°°

DOBLE DEL SALARIO (2SD)

      $600.°°

S.D. + 2SD = SALARIO DIA DESCANSO OBLIGATORIO

      $900°°

13. ¿Dónde me asesoro?

De manera gratuita en las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en pantalla puedes ver los teléfonos para contactarlos.

 

Espero que esta información te haya sido de gran utilidad, compártela para que más personas se enteren de sus derechos laborales.

 

Ley Federal del Trabajo

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. El 1o. de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El 1o. de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en Derecho
 
El contenido de este artículo es propiedad de su autor, queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor

agosto 18, 2025

¿El 1 de septiembre de 2025 es día de descanso obligatorio en México? ⚖️🇲🇽

 ¿El 1 de septiembre de 2025 es día de descanso obligatorio en México? ⚖️🇲🇽



Cada año surge la misma duda: ¿el 1 de septiembre en México es día de descanso obligatorio? En 2025, la pregunta cobró más fuerza porque coincide con el aniversario del nuevo Poder Judicial y las reformas que transformaron la elección de jueces.

En este artículo te explicamos, con base en la Ley Federal del Trabajo, si el 1 de septiembre de 2025 aparece en el calendario laboral oficial y qué significa realmente para trabajadores, estudiantes y oficinas en México.


¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el 1 de septiembre? 📘⚠️

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cuáles son los días de descanso obligatorio en México 2025.

Los feriados oficiales son:

  • 1 de enero – Año Nuevo
  • 3 de febrero – Aniversario de la Constitución
  • 17 de marzo – Natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo – Día del Trabajo
  • 16 de septiembre – Día de la Independencia
  • 17 de noviembre – Revolución Mexicana
  • 25 de diciembre – Navidad

👉 Como ves, el 1 de septiembre no aparece en la lista de días de descanso obligatorio en 2025. Por lo tanto, es un día laboral normal.

Ejemplo práctico: si trabajas el 1 de septiembre 2025, tu patrón no tiene obligación de pagarte doble o triple. Te corresponde únicamente tu salario ordinario.


¿Por qué se cree que el 1 de septiembre es feriado en México? 🤔🏛️

La confusión es entendible.

El 1 de septiembre está cargado de simbolismo político porque:

  • Se entrega el Informe de Gobierno del Presidente.
  • En 2025 coincide con el inicio de labores del primer de trabajo del nuevo Poder Judicial.

Sin embargo, la importancia histórica no convierte el día en feriado.
Es como cuando tu equipo gana el campeonato: lo celebras, pero no por eso el lunes siguiente es descanso obligatorio.
🎉


Autoridades laborales confirman el calendario oficial 📰

Durante agosto de 2025, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no emitió cambios ni decretos para modificar el calendario.

El calendario laboral 2025 sigue igual al publicado en enero, y el 1 de septiembre no aparece como feriado.

Si algo cambiara, se publicaría en el Diario Oficial de la Federación y sería noticia nacional.


¿El Poder Judicial suspende labores el 1 de septiembre? ⚖️

Algunas dependencias judiciales pueden organizar ceremonias o ajustar horarios de atención el 1 de septiembre.

Pero ojo: eso solo aplica para trámites específicos, no para trabajadores en general.

Si tienes una audiencia o un trámite, revisa el calendario de días inhábiles de tu tribunal.
En el resto de los empleos, empresas y escuelas, la jornada será normal.


¿Podría cambiar en el futuro? 🚨

Algunos se preguntan: ¿qué pasa si el gobierno decide declarar el 1 de septiembre como un nuevo día de descanso obligatorio?

La respuesta es clara: no puede hacerse de un día para otro.
Los días feriados en México se establecen por ley y deben aprobarse en el Congreso y publicarse en el Diario Oficial.

Por ahora, no hay planes legislativos de crear un “Día Nacional de la Justicia Democrática” o similar.


Conclusión: el 1 de septiembre no es feriado en México

El 1 de septiembre de 2025 será un día histórico para la política y la justicia mexicana,
pero no es día de descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo.

Eso significa que el 1 de septiembre es laboral y escolar normal.
Tu despertador sonará como siempre
, y si no asistes al trabajo, tu patrón puede contarlo como falta injustificada.


Comenta 💬

¿Ya habías hecho planes pensando que el 1 de septiembre era feriado?
Cuéntalo en los comentarios: tu experiencia puede ayudar a otros a no caer en la confusión.

👉 Comparte este artículo con tu familia, tus compañeros o ese amigo que asegura que el 1 de septiembre es día libre.

⚖️ Recuerda: la justicia puede transformarse, pero solo la Ley Federal del Trabajo transforma tu derecho al descanso.


✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán

🧠 Edición y estilo con IA


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agosto 15, 2025

Modalidad 40 y trabajo en plataformas digitales: lo que necesitas saber para no perder tu pensión.

 Modalidad 40 y trabajo en plataformas digitales: lo que necesitas saber para no perder tu pensión

Enrique Rueda

La notificación suena: "Nuevo viaje asignado". Pero detrás de cada kilómetro corre otro cronómetro: el de tu pensión. Si pagas Modalidad 40 y trabajas en plataformas, las nuevas reglas que entraron en vigor el 1 de julio de 2025 cambian completamente las reglas del juego.



Actualización crítica: ¿Qué cambió en 2025?

La Modalidad 40 ha sido actualizada en 2025. Los cambios principales incluyen un aumento de las cuotas mensuales al 13.347% del salario registrado y un nuevo tope a las aportaciones, limitado a un salario base de 25 veces el valor de la UMA, que en 2025 equivale a 113.14 pesos.

Paralelamente, el IMSS publicó el 24 de junio de 2025, en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo mediante el cual se aprueban las Reglas de carácter general de una prueba piloto para incorporar a las personas trabajadoras de plataformas digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social. La prueba piloto inicia el 1 de julio de 2025.

Lo esencial: Modalidad 40 vs. Régimen obligatorio

Modalidad 40 te permite seguir cotizando voluntariamente tras ser dado de baja, eligiendo tu salario base para mejorar tu pensión futura. Para incorporarse, es necesario haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años y no haber pasado más de cinco años desde la baja ante el IMSS. Requisito clave: no estar dado de alta con ningún patrón.

Nueva regulación: Las plataformas deberán afiliar al IMSS a todo trabajador que haya generado al menos un salario mínimo mensual (alrededor de 8 mil 364 MXN en 2025). Las empresas como Uber, Didi, Rappi y similares deberán registrarse como patrones ante el IMSS.

La regla de oro: No puedes tener ambos. Si la plataforma te da de alta, tu Modalidad 40 termina automáticamente.

Seis obligaciones clave para las plataformas (desde julio 2025)

Las plataformas deberán cumplir con seis obligaciones clave:

  • Registrarse como patrón ante el IMSS, obteniendo su número patronal
  • Afiliar al IMSS a todo trabajador que haya generado al menos un salario mínimo mensual
  • Reportar mensualmente altas, bajas y modificaciones salariales, durante los primeros cinco días del mes
  • Cubrir cuotas obrero-patronales con base en el ingreso neto mensual del trabajador
  • Asegurar a todos los trabajadores contra riesgos laborales, incluso si no alcanzan el ingreso mínimo

Tres situaciones, tres caminos

1. Estás en M40 y superas $8,364 pesos mensuales netos

  • Qué pasa: La plataforma debe inscribirte → se termina tu M40 automáticamente
  • Qué hacer:
    • Cierra bien tu M40 antes del alta patronal
    • Verifica que tu salario base refleje correctamente tus ingresos
    • Guarda comprobantes y constancia de semanas cotizadas
    • Ventaja: Obtienes prestaciones completas (aguinaldo, vacaciones, PTU, Infonavit)

2. Estás en M40 y NO superas el umbral mensual

  • Qué pasa: Sigues como independiente → conservas tu M40
  • Qué hacer:
    • Mantén al día tu M40 (ahora con cuota del 13.347%)
    • Importante: Las plataformas te asegurarán contra riesgos laborales, incluso si no alcanzas el ingreso mínimo
    • Evalúa complementar con Personas Trabajadoras Independientes (PTI) para cobertura médica

3. No tienes M40 pero trabajas en plataformas

  • Si superas el umbral: Obtienes régimen obligatorio completo con todas las prestaciones
  • Si no lo superas: Puedes afiliarte como PTI o considerar Incorporación Voluntaria
  • Oportunidad futura: Al darte de baja podrás acceder a M40 dentro de 5 años

Protecciones especiales bajo la nueva ley

Este esquema también considera a quienes ya cotizan por su cuenta (por ejemplo, bajo la Modalidad 40) o reciben pensión: ellos podrán seguir trabajando sin perder sus derechos actuales.

Además, las plataformas tendrán nuevas obligaciones:

  • Prohibición de cobrar por el uso de la app
  • Transparencia en los algoritmos: las reglas de asignación de pedidos o viajes deberán ser claras y comprensibles
  • Atención humana a quejas: las plataformas deberán contar con personal para resolver conflictos

Errores que debes evitar en 2025

  1. No monitorear tus ingresos mensuales → Puedes superar el umbral sin darte cuenta
  2. Creer que puedes tener M40 + alta patronal → Sigue siendo imposible
  3. No actualizar tu cuota de M40 → Ahora es 13.347% del salario base
  4. Esperar más de 5 años sin cotizar → Pierdes acceso futuro a M40
  5. No documentar la transición → Tu expediente es crucial para futuras decisiones

Preguntas frecuentes actualizadas

¿Cuánto es exactamente el "salario mínimo mensual" en 2025? Alrededor de 8 mil 364 MXN en 2025. Si tus ingresos netos mensuales por plataforma alcanzan esta cifra, la empresa debe inscribirte.

¿Qué pasa si ya tengo M40 y la plataforma me inscribe? La M40 termina automáticamente, pero no pierdes las semanas ya cotizadas. Podrás retomarla después de la baja patronal.

¿Las nuevas reglas aplican a todas las plataformas? Sí, es de cumplimiento obligatorio para las plataformas desde el 1 de julio de 2025.

¿Cuánto cuesta la M40 en 2025? 13.347% del salario registrado, con tope máximo de 25 UMAs ($113.14 pesos × 25 = $2,828.50 mensuales máximo).

Estrategia inteligente para 2025

Si quieres maximizar tu pensión:

  • Monitorea mensualmente tus ingresos por plataforma
  • Si estás cerca del umbral, decide estratégicamente: ¿prefieres M40 con control total o prestaciones patronales completas?
  • Si te dan de alta, aprovecha las prestaciones y planea retomar M40 después de la baja
  • Documenta todo: la transición entre esquemas será común

Si prefieres flexibilidad:

  • Mantén ingresos bajo el umbral para conservar M40
  • Complementa con PTI para cobertura médica
  • Aprovecha la cobertura obligatoria de riesgos de trabajo

Recursos digitales actualizados

  • Modalidad 40: Portal de servicios digitales IMSS
  • Constancia de semanas: A partir del 1 de septiembre de 2025 la generación de tu Opinión del Cumplimiento solo la podrás realizar a través de tu Buzón IMSS
  • PTI: Calculadora oficial en imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes
  • Plataformas digitales: Micrositio especializado IMSS (próximo a lanzar)

La decisión es tuya, pero ahora es urgente

Las reglas cambiaron y el reloj corre desde julio 2025. Aunque se llama "piloto", es de cumplimiento obligatorio para las plataformas. Que el algoritmo no decida por tu pensión: entiende las nuevas reglas, calcula tus ingresos y elige tu estrategia antes de que la plataforma decida por ti.

La seguridad social en plataformas digitales ya no es el futuro: es el presente.


✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición y estilo con IA