junio 04, 2025

☔ “¡Llovió y llegué tarde! ¿Me pueden castigar en el trabajo?

El dilema que muchos callan y todos temen.

Por Enrique Rueda Santillán

Introducción:

Esa mañana el cielo no advirtió su furia. Truenos, tráfico detenido, paraguas volando, transporte colapsado… y tú mirando el reloj con una mezcla de angustia, resignación y desesperación: vas tarde al trabajo.

Llegas empapado, con el corazón acelerado. Entras a la oficina, cruzas miradas de compañeros y… ahí está: tu jefe. Mira el reloj, te mira a ti. ¿Ahora qué pasa? ¿Pueden descontarte el día? ¿Una llamada de atención? ¿Y si acumulas varios retardos? ¿Te pueden despedir?

Si esto te suena familiar, quédate. Lo que leerás podría cambiar la forma en que enfrentas los “retardos inevitables”.


¿Qué dice la ley? 🌧

La Ley Federal del Trabajo (LFT) no señala en ningún artículo que pueda sancionarse a un trabajador únicamente por llegar tarde. ¡Así es! No hay una norma explícita que castigue el retardo como una infracción laboral.

Pero hay más…

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que una empresa está en su derecho de no admitir al trabajador si llega tarde —sí, puede pedirte que regreses a casa—. Sin embargo, no puede despedirte, ni hacerte trabajar y luego descontarte el día. Eso sería ilegal. Y tú, trabajador, tienes cómo defenderte.


El peligro de los “retardos acumulados” 🚨

Ahora bien, si una empresa te ha dicho frases como:

  • “Ya llevas tres retardos, se te va a descontar el día”
  • “Si llegas tarde otra vez, te vamos a despedir por faltas”
  • “Es lo mismo un retardo que una inasistencia”

Entonces, están cruzando una línea legal muy delicada.

🚫 Acumular retardos no equivale a una falta injustificada ni mucho menos a una causal de despido inmediato ni da derecho a la empresa de imponer una multa.

⚖️ Cualquier intento de sanción más allá del reglamento interno puede considerarse un acto de discriminación o despido injustificado. Y eso, querido lector, puede llevar a una demanda laboral que la empresa no ganará tan fácilmente.


¿Y si la causa del retardo fue la lluvia?

Este es el punto clave. Cuando el motivo del retardo es una causa de fuerza mayor —como un fenómeno natural, una manifestación en la vía pública, o la caída de transporte público—, las reglas cambian.

💡La jurisprudencia y el sentido común dictan que si el retardo no es culpa del trabajador, no hay responsabilidad directa, por tanto, no hay justificación para sanción o descuento alguno.

👉 Por ejemplo, en casos de lluvias atípicas o tormentas que colapsan la movilidad, el patrón debe mostrar empatía y flexibilidad. La falta de esta puede convertirse no solo en un problema ético, sino también legal.


Casos reales: testimonios que duelen y enseñan

  • Andrea, empleada de una tienda de ropa, fue sancionada con descuento completo por llegar 40 minutos tarde durante una tormenta eléctrica que colapsó el transporte. La empresa alegó que “el tiempo es dinero”. Andrea demandó… y ganó.
  • David, oficinista, fue despedido tras cinco retardos por lluvia. El juez determinó que el despido fue injustificado y ordenó indemnización doble por daño moral.

Entonces… ¿qué hacer si me quieren sancionar?

Aquí van algunas herramientas poderosas:

  1. 📸 Documenta tu camino al trabajo. Fotos del tráfico, noticias del clima, fallas en el metro. Todo suma.
  2. 📝 Habla con Recursos Humanos con firmeza y respeto. Explica las circunstancias y pide que no se aplique sanción alguna por una causa de fuerza mayor.
  3. ⚖️ Acude a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo). Es gratuita y te defiende legalmente. No estás solo.

Conclusión: No se trata solo de puntualidad, sino de dignidad

Sí, la puntualidad importa. Pero más importante aún es reconocer que vivimos en un país donde la infraestructura a veces colapsa ante la lluvia, y los trabajadores no tienen por qué cargar con esa culpa.

Tu tiempo vale. Tu trabajo también. Pero tu dignidad como persona está por encima de cualquier reloj checador. Que la próxima vez que el cielo decida soltar su furia, sepas que la ley está de tu lado.


🎨 Enrique Rueda Santillán. Maestro en Derecho.