¿CÓMO PUEDO CAMBIAR MI NÓMINA DE BANCO? PORTABILIDAD DE NÓMINA
Tengo mi cuenta bancaria en el Banco que me convence más, pero la
empresa quiere depositar mi salario y demás prestaciones en el Banco que mejor
le conviene a ella, pero las sucursales me quedan muy lejos y es complicado
abrir una cuenta, además de que no quiero. Ya fui a Recursos Humanos y me
dicen que no me pueden hacer el depósito directamente en mi Banco y que ya no
me pueden pagar en efectivo ni en cheque.
¿Qué hago? ¿es legal lo que está haciendo mi Patrón? ¿puedo
obligar a la empresa a que me deposite en mi cuenta? ¿estoy obligado a
abrir una cuenta en el Banco que quiere mi Patrón? ¿cómo resuelvo mi problema?
¿Qué es la portabilidad de nómina?
Es el derecho que posees de transferir tu sueldo, como titular de la cuenta
en la que depositan tu salario, a la entidad financiera que tú elijas y sin
costo alguno por solicitarla, ¡conoce más acerca de ella!
En el proceso participan las siguientes cuentas:
Ordenante: es la que tramita la empresa para la que trabajas —en tu nombre—,
en ella recibes tus prestaciones laborales como: salarios, pensiones o
cualquier otro pago hecho por tu patrón.
Receptora: es la que tú abres en el banco de tu elección o preferencia, en
ella se transferirán los recursos que sean depositados en tu cuenta de nómina
(prestaciones laborales). No olvides
verificar las comisiones que operan por depósito, según el tipo de
cuenta —ahorro o de cheques—, en la que se realizarán las operaciones, para que
no involucre desembolsos adicionales como la comisión por manejo de cuenta, ¡no
caigas en un error!
¿Cómo cambiarte?
Existen dos opciones para realizar la portabilidad de nómina:
1.De un banco a otro, al solicitarle a la institución que lleva tu
cuenta de nómina que, al recibir tu dinero, lo transfiera a la cuenta que
tengas en otra institución. Los pasos son:
a) Acude al banco donde depositan tu sueldo —origen de la cuenta
ordenante— pide un formato de solicitud de transferencia y llénalo.
b) Solicita la transferencia. Presenta la siguiente documentación —en la
institución de tu elección—, de la cuenta donde quieres recibir tu sueldo:
contrato, estado de cuenta, tarjeta de débito (con tu nombre) y tu
identificación oficial.
Si no tienes una cuenta receptora, en la que se transferirá tu sueldo,
pregunta en el banco de tu elección sobre los documentos que debes presentar
para poder abrirla.
c) Entrega la solicitud. Acude a cualquier sucursal de la entidad
financiera de tu elección y entrégala. Una vez hecho lo anterior, y concluido
el trámite, el servicio debe empezar a operar a más tardar en diez días hábiles
a partir del día siguiente en que presentaste tu solicitud.
2. En la empresa que laboras, verifica directamente en el área
de administración si puedes realizar la portabilidad de nómina; de ser así solo
bastará con que, proporciones al área correspondiente del lugar donde laboras,
el número CLABE (Clave Bancaria Estandarizada, son en total 18 dígitos) de una
cuenta que ya tengas, para que puedas recibir tu sueldo y otras prestaciones en
ella.
¿Qué debes considerar?
Previo a la transferencia de tu sueldo en otro banco, la institución que
lleva tu cuenta de nómina (ordenante), tiene el derecho de retener las
cantidades para las cuales previamente hayas autorizado la domiciliación y que
correspondan al pago de créditos o servicios.
¿Cuánto tarda?
La solicitud debe surtir efectos a más tardar el décimo día hábil
siguiente a la fecha en que se presente la misma.
¿Cómo darle marcha atrás?
Puedes solicitar —a la institución en que recibes tu nómina—, en
cualquier momento la cancelación de la transferencia de recursos a la cuenta de
la institución que elegiste (receptora). Ésta debe ser efectiva al tercer día
hábil de que la presentes; además no existe ninguna restricción en el número de
veces que decidas cambiar tu nómina.
Antes de tomar una decisión, evalúa y compara qué banco es el que te
conviene, considera algunos puntos como: la cercanía de sucursales y/o cajeros
a tu domicilio y trabajo, el costo de algunos servicios, etc. No te vayas con
la primera opción.
Fuente: Condusef. http://www.condusef.gob.mx/Revista/PDF-s/2014/166/portabilidad.pdf
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