¿Pueden embargarte tu cuenta
de pensión para pagar pensión alimenticia? 💰⚖️👶
Hay temas legales que parecen
tener respuesta inmediata:
👉 “¡Las pensiones son intocables!”
👉 “¡La cuenta de retiro nunca se puede
embargar!”
Pero ¿qué ocurre cuando se
enfrenta el derecho a la seguridad social con el derecho a la
alimentación de un menor?
Aquí es donde la historia se
pone realmente interesante…
🔹 El caso que cambió las
reglas
Imagina esta escena:
Un padre está obligado a dar
pensión alimenticia a su hijo. Durante unos meses cumple, pero después deja de
hacerlo. El juez le exige que pague, le da plazos, lo requiere… y aun así,
nada.
La madre, desesperada, pide
que se embargue la cuenta de retiro del padre —su AFORE— para garantizar
que el niño reciba lo que le corresponde.
El juez inicial responde que no
se puede, porque la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR)
establece que esas cuentas son inembargables.
Pero la historia no terminó
ahí. La madre impugnó y el caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN)… donde se sentaría un precedente histórico.
⚖️ La respuesta de la Corte: un cambio de
paradigma
La Primera Sala de la SCJN
resolvió que, aunque el artículo 79 de la Ley del SAR establece que la
subcuenta de retiro, cesantía y vejez es inembargable, esa prohibición no es
absoluta cuando están en juego derechos fundamentales de menores.
📌 ¿La razón?
Los derechos alimentarios
de los niños tienen jerarquía constitucional. Están protegidos por:
- La Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (artículo 4°).
- Tratados internacionales como la Convención
sobre los Derechos del Niño.
Cuando entran en conflicto
dos derechos —el ahorro para el retiro y la alimentación de un niño—, prevalece
el interés superior de la niñez.
📑 Requisitos y límites para el
embargo
La Corte no dio carta blanca.
Señaló reglas claras:
✅ Proporcionalidad: no afectar
desproporcionadamente el patrimonio del trabajador.
✅ Subsidiariedad: debe demostrarse que
no existen otros bienes embargables.
✅ Necesidad: solo lo
estrictamente necesario para cubrir la pensión.
✅ Temporalidad: limitarse al tiempo
indispensable para garantizar el cumplimiento.
👥 ¿Qué significa en la
práctica?
🔸 Para deudores alimentarios
- Tu AFORE ya no es un refugio intocable.
- El incumplimiento reiterado puede llevar
a perder parte de tu ahorro.
- La mejor estrategia sigue siendo cumplir
voluntariamente.
🔸 Para acreedores alimentarios
- Cuentas con una herramienta legal
poderosa.
- Puedes pedir al juez el embargo de la
subcuenta de retiro.
- Es clave demostrar la necesidad y la
inexistencia de otros bienes embargables.
🔸 Para trabajadores en general
- Los derechos de niñas y niños
prevalecen sobre otras protecciones legales.
- Refuerza la importancia de la paternidad
responsable.
🌍 Contexto internacional
México se suma a una
tendencia global:
- España: el Tribunal
Constitucional permite el embargo de planes de pensiones privados para
garantizar pensión alimenticia.
- Argentina:
la Corte Suprema autorizó afectar fondos previsionales cuando está en
riesgo la subsistencia de menores.
🚨 Un cambio de paradigma
jurídico
📌 Antes: la AFORE era intocable,
sin excepciones.
📌 Ahora: los jueces pueden
autorizar embargos en casos de pensión alimenticia.
📌 Futuro: podría abrirse la
discusión sobre otros derechos fundamentales (salud, educación) que, en
circunstancias excepcionales, justifiquen medidas similares.
✅ Conclusión
El mensaje de la Suprema
Corte es claro:
👉 Cuando se trata del bienestar de los
menores, no hay patrimonio intocable.
La seguridad social es vital,
sí, pero la alimentación y el desarrollo integral de niñas y niños tienen prioridad
constitucional.
🔔 Si debes pensión, cumple antes de que un
juez llegue hasta tus fondos de retiro.
🔔 Si reclamas pensión,
este criterio puede ser tu mejor herramienta para lograr justicia.
✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición y estilo con apoyo de IA