agosto 22, 2023

GUÍA DE PUBLICIDAD PARA INFLUENCERS

 GUÍA DE PUBLICIDAD PARA INFLUENCERS

Por Enrique Rueda Santillán

 Los influencers y creadores de contenido interactúan frecuentemente con la población consumidora en el país, particularmente con las y los jóvenes; promueven bienes, productos o servicios a través de las plataformas digitales y redes sociales, y en muchas ocasiones la información que comparten puede ser publicidad pagada, y al no identificarla como tal, engañan o inducen al error a su público.

Por esta razón la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una guía con recomendaciones dirigidas a los creadores de contenidos en plataformas digitales y redes sociales, con el fin de que identifiquen la publicidad en sus contenidos como tal, y de esta manera cumplan con la Ley Federal de Protección al Consumidor y otras normas.


¿Cómo puedo saber si el contenido que comparto tiene fines publicitarios?

Si como creador de contenido brindas información o publicas la recomendación de un bien, producto o servicio a través de tus plataformas digitales o redes sociales ¡estás generando publicidad!


¿Por qué es importante la información y publicidad que muestro en mis plataformas digitales o redes sociales?

Porque trasciende en la decisión de los consumidores para adquirir ciertos bienes, productos o servicios que les muestras, es decir, ¡influyes su decisión de consumo!


Recomendaciones para considerar en las publicaciones en plataformas digitales y redes sociales.

Algunas de las recomendaciones a los influencers son:

  1. Colocar la información que identifique la publicidad en un lugar visible y disponible en todo momento.
  2. No poner la información acompañada de diversos hashtags o enlaces que dificulten o confundan; distinguir que se trata de publicidad.
  3. En caso de imágenes o videos, incluir la referencia a publicidad de tal manera que permita su lectura y apreciación durante toda su duración.
  4. Utilizar referencias fáciles de entender, tales como: #Publicidad, #PublicidadPagada, #Patrocinio, #OpinionesPersonales. Si su contenido se comparte en audio (podcast u otros) mencione expresamente que se trata de publicidad.
  5. Revisar los sitios electrónicos de la marca, el producto o el servicio para comprobar que es seguro y que cumple con las normas, y si es posible comparta la fuente donde pueda verificarse la información.
  6. Procurar que su opinión se limite a su experiencia con el bien, producto o servicio. Es válido que también opine si su experiencia no fue buena.

Conclusión

Si bien el documento analizado sólo se trata de una guía emitida por la autoridad, es importante que tanto los creadores de contenido como los espectador de los mismos, consideren los mismos, ya que cuando en las plataformas digitales se promueve la venta o adquisición de bienes, productos y servicios que van dirigidos a potenciales consumidores, estos tienen derechos como consumidores que deberán ser respetados.

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en Derecho
 
El contenido de este artículo es propiedad de su autor, queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor

Fuente:

Consulta de la página electrónica de PROFECO realizada el 22 de agosto de 2023 en las siguientes direcciones:

https://www.profeco.gob.mx/influencers

www.dof.gob.mx/2023/PROFECO/guiainfluencers.pdf