AGUINALDO
¿CUÁNTO RECIBIRÉ? ¿CÓMO SE CALCULA?
Ya
está cerca el mes de diciembre, época en la que todos los trabajadores están en
espera de recibir el pago del aguinaldo. En este cápsula te voy a compartir
información muy importante sobre el monto que deberás de recibir y la
explicación de como calcularlo. Si el tema te gusta dímelo en los comentarios y
regáleme un like. ¡Comenzamos!
Es
importante recordar que el aguinaldo es una prestación que fue incluida en la
Ley Federal del Trabajo desde el año 1970, pero seguramente te estarás
preguntando:
¿Cuánto me
corresponde de aguinaldo?
Todos
los trabajadores que se encuentren al servicio de una empresa privada o persona
física, sin importar la actividad que la misma realice o la nacionalidad de sus
dueños, deben recibir cuando menos el equivalente a 15 días de salario por concepto
de aguinaldo, el cual debe estar cubierto antes del día 20 de diciembre de cada
año, ya que así lo dispone el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Es
importante considerar que la ley del
trabajo señala que los trabajadores de base, de confianza, planta,
sindicalizados, por obra, por temporada, por tiempo indeterminado, eventuales,
agentes de comercio, vendedores, entre otros pueden acceder a la prestación.
¿Tengo derecho al aguinaldo
aún de que no haya trabajado todo el año?
Definitivamente
si, ya que la ley señala que los trabajadores que no hayan cumplido
el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en
la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la
parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado,
cualquiera que fuere éste.
¿Si trabajo en el
gobierno tengo derecho al aguinaldo?
Si,
los trabajadores al servicio de alguna dependencia pública también tienen
derecho al pago del aguinaldo, pero en su caso se suele pagar el equivalente a
40 días de salario, de los cuales se les entregan 20 días antes del 15 de
diciembre y los restantes 20 días de salario a más tardar el 15 de enero del
año siguiente, ya que así lo señala el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado.
¿Cómo se calcula el
aguinaldo?
Para determinar la cantidad que
se debe recibir, se debe conocer estos cuatro datos:
-
El salario diario
-
Días laborados en
el año
-
Faltas
injustificadas
-
Días de aguinaldo
anual
Con
dichos datos, se puede calcular lo que se recibirá de aguinaldo por medio de las
siguientes operaciones aritméticas:
- Dividir los números de días de aguinaldo entre 365,
el resultado lo llamaremos Factor Aguinaldo
- Multiplicar el Factor Aguinaldo por el número de
días trabajados durante el año (hay que restar las faltas injustificadas,
incapacidades, etc.), el resultado lo llamaremos días de Aguinaldo a recibir.
- Multiplicar los Días de Aguinaldo a recibir por el
salario diario y este es el monto que se deberá recibir.
¿Se pagan impuestos por el
aguinaldo en el cálculo del ISR?
El aguinaldo que reciben los
trabajadores estará exento del pago de impuesto sobre la renta hasta el equivalente a 30 días del salario
mínimo general, según lo señala el artículo 93 fracción XIV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿Ante qué autoridad se puede
acudir para demandar el pago del aguinaldo en caso de que no se reciba?
Ante el Centro de
Conciliación Laboral, pidiendo pedir
asistencia legal a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Autor de este
artículo:
Enrique Rueda
Santillán.
Maestro y
Licenciado en Derecho
Los Abogados, Platicando Legalmente
El contenido
de este artículo es propiedad de su autor.
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permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y
autor
Fuente:
Fuente: Ley Federal del Trabajo