febrero 22, 2021

RETIRO PARCIAL POR DESEMPLEO



Retiro Parcial por Desempleo IMSS

Plazo de solución: Aproximadamente 15 días hábiles.

¿Qué es?

Trámite mediante el cual el Trabajador puede hacer un retiro parcial de su Cuenta Individual por situación de desempleo que, según la modalidad que aplique, puede ser equivalente a: 

a.     Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.

b.     Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

¿Quién solicita?

Trabajador

¿Quién lo otorga?

IMSS y AFORE

Requisitos

  • Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
  • Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE.
  • No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
  • Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
  • Para ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.
  • Para ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con 5 años o más de haber sido aperturada.

Trámite

  1. Realizar la Pre-solicitud de Retiro Parcial por Desempleo en el portal www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio o bien, acudir directamente a alguna sucursal de la AFORE que administra la Cuenta Individual para que el personal de la Administradora auxilie al Trabajador en la presentación de la Pre-solicitud.
  2. Acudir a la sucursal seleccionada en la Pre-solicitud y presentar:
    • Pre-Solicitud de disposición de recursos por Retiro Parcial por Desempleo generada en el portal E-SAR
    • Solicitud de disposición de recursos por Retiro parcial por desempleo debidamente llenada y firmada, misma que será proporcionada por la AFORE.
    • Identificación oficial.
    • Algún documento que contenga el NSS del Trabajador.
    • Estado de cuenta bancario a nombre del Trabajador con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)  (opcional).
  3. La AFORE gestionará el trámite ante el IMSS en un plazo no mayor a 10 días hábiles de haber recibido la solicitud para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Desempleo.
  4. Una vez certificado el derecho por parte del IMSS, la AFORE pondrá a disposición del Trabajador los recursos correspondientes de conformidad con el derecho otorgado por el Instituto:
    Para tramitar el retiro, adicionalmente a la documentación señalada en el numeral 1, los beneficiarios deberán presentar:
    • Modalidad A: la AFORE entrega en una sola exhibición el equivalente a 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.
    • Modalidad B: la AFORE entrega hasta en seis mensualidades lo que resulte menor entre el equivalente a 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas cotizadas (o las que tuviese) o el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV. Asimismo, el Trabajador puede elegir la Modalidad A o bien, que el primer pago sea por un monto de 30 días de su último Salario Base de Cotización, y en su caso, el saldo restante en pagos subsecuentes.

Información Importante

  • Al realizar un retiro parcial por desempleo, el IMSS efectuará un descuento de semanas cotizadas que será proporcional al monto de los recursos retirados de la subcuenta de RCV. Las AFORE deberán asegurarse de que el Trabajador conozca las implicaciones de realizar este tipo retiro y manifieste que está consciente de ellas en el anexo de la solicitud. Las semanas cotizadas podrán ser recuperadas realizando aportaciones parciales o totales a dicha subcuenta.
  • Para el caso de los Trabajadores que obtengan el derecho a retirar los recursos en mensualidades, la AFORE entregará los recursos correspondientes a la primera mensualidad (la cual podrá ser por un monto de 30 días de su último Salario Base de Cotización a solicitud del Trabajador) y las AFORE deberán cerciorarse del estado de desempleo del Trabajador, previo a realizar el pago de cada mensualidad subsecuente. Es recomendable que el Trabajador solicite información sobre las fechas de los próximos pagos para que, en caso de persistir el estado de desempleo, pueda enterarlo a la AFORE y tramite el pago correspondiente.
  • Para que el Trabajador pueda recibir los pagos subsecuentes deberá acudir a la AFORE dentro de los 5 días previos o posteriores a la fecha de pago para manifestar, bajo protesta de decir verdad, que aún se encuentra desempleado para que pueda recibir los pagos subsecuentes. Si tu AFORE está vinculada en AforeMóvil www.gob.mx/aforemovil podrás manifestarlo sin la necesidad de acudir a alguna sucursal.
  • En los casos en que el Trabajador tenga derecho a la Modalidad B, solicite que el primer pago sea equivalente a 30 días de su último Salario Base de Cotización y el monto remanente a pagar sea menor o igual al 20 por ciento del pago total, las AFORE podrán pagar todo el remanente en una segunda exhibición, siempre que así lo manifieste el Trabajador.
  • El pago de las mensualidades subsecuentes de la modalidad B se suspenderá si el Trabajador se reincorpora al Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social o si traspasa su cuenta a otra AFORE antes de cumplirse los pagos.
  • El trámite de Pre-solicitud de Retiro Parcial a través del portal e-SAR es necesario a partir del 26 de noviembre de 2018.
Fuente: https://www.consar.gob.mx/gobmx