DOF: 28/12/2020 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ACUERDO número ACDO.AS3.HCT.301120/310.P.DF dictado por el H. Consejo Técnico, en sesión ordinaria de 30 de noviembre de 2020, relativo a la Aprobación de los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2021.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico.El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.AS3.HCT.301120/310.P.DF, en los siguientes términos: "Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones IV, VIII, XIV, XVII, XXXVI y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 272 y 277 E, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 112 y 119, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y conforme al planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección de Finanzas, en términos del oficio número 531, de fecha 12 de noviembre de 2020, así como del dictamen del Comité de Presupuesto del propio Órgano de Gobierno, emitido en reunión celebrada el 24 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al año 2021, contenidos en el Anexo 1 de este Acuerdo, cuya actualización se realizó con base en el promedio ponderado de los costos observados durante los años 2018 y 2019, actualizados en ambos casos a pesos de diciembre de 2020, tal como se aprecia en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de publicar este Acuerdo y sus Anexos en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- El presente Acuerdo, así como los Costos Unitarios a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor a partir del 1 de enero del 2021 o, en caso de publicarse con posterioridad a esa fecha, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación". Atentamente, Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2020.- El Secretario General, Javier Guerrero García.- Rúbrica. Anexo 1 Tabla que contiene los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2021 para la determinación de créditos fiscales derivados de capitales constitutivos, inscripciones improcedentes y atención a no derechohabientes.
1 Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Primer Nivel de Atención. 2 Incluye las Consultas de Salud en el Trabajo en el Segundo y Tercer Nivel de Atención. 3 Gabinete de Tratamiento incluye terapias de lenguaje, respiratoria, recreativa, fisiología pulmonar, entre otros tratamientos de gabinete. Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2020.- El Director de Finanzas del Instituto Mexicano del Seguro Social, Marco Aurelio Ramírez Corzo.- Rúbrica. Anexo 2 Base de Cálculo para la estimación de los Costos Unitarios por Nivel de Atención Médica actualizados al 2021 Los costos previamente relacionados, han sido actualizados aplicando la metodología de Costo Basado en Actividades (ABC). Estos incluyen los conceptos de personal, medicamentos, material médico, materiales diversos, mantenimiento, depreciaciones, servicios generales, entre otros, empleados para el otorgamiento de los servicios. El costo unitario aplicable a 2021 para cada tipo de servicio, se determinó a partir del costo promedio ponderado de los servicios prestados en 2018 y 2019, actualizados a pesos del mes de diciembre de 2020. El factor de actualización se obtuvo del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) correspondiente a los meses de diciembre de 2018 y 2019; así como, de la inflación estimada para el año 2020 incluida en los Criterios Generales de Política Económica (CGPE) para el ejercicio fiscal 2021, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el 08 de septiembre de 2020. A continuación se presenta el cálculo realizado: Datos:
Fórmulas:
Operaciones:
Resultados: Factor de actualización
Para la actualización del costo de cada tipo de servicio, se multiplicó el costo total de los servicios prestados en cada año, 2018 y 2019, por el factor de actualización correspondiente. Actualización del costo
Finalmente, la estimación del costo promedio ponderado para cada tipo de servicio, es producto de dividir la sumatoria del costo total de los servicios prestados en 2018 y 2019, actualizados a diciembre de 2020 entre la cantidad de servicios prestados de esos mismos años. Estimación del Costo Promedio Ponderado
Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2020.- El Director de Finanzas del Instituto Mexicano del Seguro Social, Marco Aurelio Ramírez Corzo.- Rúbrica. (R.- 502075) |