abril 22, 2026

JORNADA 40 HORAS. Aprobación Camara de Diputados. Implicaciones legales.

 

RESUMEN EJECUTIVO

 

Reforma a la Ley Federal del Trabajo derivada de la Jornada Laboral (40 horas)
Memorándum No.: 04
Fecha: 22 de abril de 2026
Asunto: Contenido normativo del Dictamen aprobado en Cámara de Diputados


1.    El cambio ya tiene forma jurídica

El 22 de abril de 2026, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de jornada laboral.

A diferencia de etapas previas, este documento ya no es una propuesta general: define artículos específicos, obligaciones concretas y un calendario obligatorio de implementación.

El Decreto establece como fecha de entrada en vigor el 1 de mayo de 2026, iniciando un proceso de transición estructural en las relaciones laborales del país.


2.    Reducción de jornada: ya no es inmediata, es progresiva

El Dictamen confirma que la reducción a 40 horas no será abrupta, sino gradual hasta el año 2030.

El esquema aprobado es el siguiente:

  • 2026: 48 horas
  • 2027: 46 horas
  • 2028: 44 horas
  • 2029: 42 horas
  • 2030: 40 horas

Este modelo busca permitir a las empresas ajustar operaciones sin colapsos, pero también implica que el derecho pleno a la jornada de 40 horas no será inmediato para los trabajadores.


3.    Horas extras: mayor control y encarecimiento

El Dictamen redefine el uso de horas extraordinarias bajo tres reglas clave:

  • Pago obligatorio con 100% adicional sobre el salario ordinario
  • Límite semanal progresivo hasta 12 horas en 2030
  • Excedente pagado con 200% adicional

Además, se establece un límite absoluto:

👉 La suma de jornada ordinaria y extraordinaria no podrá exceder 12 horas diarias en ningún caso

Esto representa un intento de frenar abusos estructurales en jornadas extendidas.


4.    Se mantiene la estructura tradicional… pero con ajustes estratégicos

El Dictamen conserva ciertos elementos históricos de la LFT:

  • Jornada diurna: 8 horas
  • Jornada nocturna: 7 horas
  • Jornada mixta: 7.5 horas
  • Un día de descanso por cada seis trabajados
  • Prima dominical mínima del 25%

Sin embargo, estos elementos ahora operan dentro de un nuevo límite semanal, lo que modifica su impacto real en la práctica laboral.


5.    Nuevo eje de control: registro electrónico obligatorio

Se introduce una de las obligaciones más relevantes del Dictamen:

👉 Registro electrónico de la jornada laboral

Los empleadores deberán:

  • Registrar hora de entrada y salida
  • Conservar información verificable
  • Proporcionarla a la autoridad cuando sea requerida

Esta obligación entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y marca un cambio profundo:

El control de la jornada deja de ser informal y pasa a ser verificable y sancionable.


6.    Sanciones: el incumplimiento ya tiene consecuencias económicas claras

El Dictamen incorpora una nueva infracción específica:

  • Multas de 250 a 5,000 UMA por incumplir el registro electrónico de jornada

Esto convierte el control del tiempo de trabajo en un tema de riesgo legal directo para las empresas.


7.    Transición sin reducción salarial: el punto crítico

Se establece expresamente que:

👉 La reducción de la jornada no podrá implicar disminución de salario ni prestaciones

Este punto es uno de los más sensibles, ya que:

  • Obliga a las empresas a absorber el costo del ajuste
  • Genera presión financiera en sectores intensivos en mano de obra
  • Puede detonar reestructuras internas o cambios en esquemas de contratación

8.    Lo que sigue: publicación y la implementación real

  1. El Dictamen ya fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados.
  2. Ha sido aprobado por el Senado de la República.
  3. Se encuentra pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor.

 

 

Autor:
Enrique Rueda Santillán
Maestro en Derecho – Especialista Laboral