RESUMEN EJECUTIVO
Reforma a la Ley Federal del
Trabajo derivada de la Jornada Laboral (40 horas)
Memorándum No.: 04
Fecha: 22 de abril de 2026
Asunto: Contenido normativo del Dictamen aprobado en Cámara de Diputados
1. El cambio ya tiene forma jurídica
El 22
de abril de 2026, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Dictamen que
reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de jornada laboral.
A
diferencia de etapas previas, este documento ya no es una propuesta general: define
artículos específicos, obligaciones concretas y un calendario obligatorio de
implementación.
El
Decreto establece como fecha de entrada en vigor el 1 de mayo de 2026,
iniciando un proceso de transición estructural en las relaciones laborales del
país.
2. Reducción de jornada: ya no es inmediata, es progresiva
El
Dictamen confirma que la reducción a 40 horas no será abrupta, sino
gradual hasta el año 2030.
El
esquema aprobado es el siguiente:
- 2026:
48 horas
- 2027:
46 horas
- 2028:
44 horas
- 2029:
42 horas
- 2030:
40 horas
Este
modelo busca permitir a las empresas ajustar operaciones sin colapsos,
pero también implica que el derecho pleno a la jornada de 40 horas no será
inmediato para los trabajadores.
3. Horas extras: mayor control y encarecimiento
El
Dictamen redefine el uso de horas extraordinarias bajo tres reglas clave:
- Pago
obligatorio con 100% adicional sobre el salario ordinario
- Límite
semanal progresivo hasta 12 horas en 2030
- Excedente
pagado con 200% adicional
Además,
se establece un límite absoluto:
👉 La suma de jornada
ordinaria y extraordinaria no podrá exceder 12 horas diarias en ningún caso
Esto
representa un intento de frenar abusos estructurales en jornadas extendidas.
4. Se mantiene la estructura tradicional… pero con ajustes
estratégicos
El
Dictamen conserva ciertos elementos históricos de la LFT:
- Jornada
diurna: 8 horas
- Jornada
nocturna: 7 horas
- Jornada
mixta: 7.5 horas
- Un
día de descanso por cada seis trabajados
- Prima
dominical mínima del 25%
Sin
embargo, estos elementos ahora operan dentro de un nuevo límite semanal, lo que
modifica su impacto real en la práctica laboral.
5. Nuevo eje de control: registro electrónico obligatorio
Se
introduce una de las obligaciones más relevantes del Dictamen:
👉 Registro
electrónico de la jornada laboral
Los
empleadores deberán:
- Registrar
hora de entrada y salida
- Conservar
información verificable
- Proporcionarla
a la autoridad cuando sea requerida
Esta
obligación entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y marca un cambio
profundo:
El
control de la jornada deja de ser informal y pasa a ser verificable y
sancionable.
6. Sanciones: el incumplimiento ya tiene consecuencias económicas
claras
El
Dictamen incorpora una nueva infracción específica:
- Multas
de 250 a 5,000 UMA por incumplir el registro electrónico de jornada
Esto
convierte el control del tiempo de trabajo en un tema de riesgo legal
directo para las empresas.
7. Transición sin reducción salarial: el punto crítico
Se
establece expresamente que:
👉 La reducción de la
jornada no podrá implicar disminución de salario ni prestaciones
Este
punto es uno de los más sensibles, ya que:
- Obliga
a las empresas a absorber el costo del ajuste
- Genera
presión financiera en sectores intensivos en mano de obra
- Puede
detonar reestructuras internas o cambios en esquemas de contratación
8. Lo que sigue: publicación y la implementación real
- El
Dictamen ya fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados.
- Ha
sido aprobado por el Senado de la República.
- Se
encuentra pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación
para su entrada en vigor.
Autor:
Enrique Rueda Santillán
Maestro en Derecho – Especialista Laboral