mayo 27, 2024

11 COSAS QUE DEBES CONOCER SOBRE LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO.

 11 COSAS QUE DEBES CONOCER SOBRE LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO.

Enrique Rueda Santillán


1.    Días de Descanso obligatorio en el año 2024.

Artículo 74 Ley Federal del Trabajo

ü  1° de enero

ü  5 de febrero

ü  18 de marzo de marzo

ü  1° de mayo

ü  2 de junio

ü  16 de septiembre

ü  1° de octubre, transmisión del Poder Ejecutivo Federal

ü  18 de noviembre

ü  25 de diciembre.


2.    ¿Qué salario recibiré si laboro un día de descanso obligatorio?

Las personas trabajadoras que laboren tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado (salario triple) Ejempló.

SALARIO DIARIO

 $    400.00

DOBLE DEL SALARIO

 $    800.00

SALARIO 25 DICIEMBRE

 $ 1,200.00


3.    ¿Qué salario recibiré en caso de no laborar un día de descanso obligatorio?

Las personas trabajadoras que no presten sus servicios tendrán derecho a recibir el pago normal de su salario.


4.    ¿El día de descanso obligatorio se puede tomar a cuenta de vacaciones?

No, ya que si la persona trabajadora se encuentre disfrutando de su periodo vacacional, no se computará los días de descanso obligatorio como día de vacaciones, ya que estas se deben disfrutar en días laborables. Art. 76 Ley Federal del Trabajo


5.    ¿Se puede permutar un día de descanso obligatorio por otro día?

No, ya que es ilegal que la persona empleadora pretenda permutar un día de descanso obligatorio por otro día feriado, puesto que se trata de un derecho irrenunciable establecido en la ley en favor del trabajador. En caso de que se haga la permuta, aún de que sea con el consentimiento de la persona trabajadora, esta tendrá derecho a percibir salario triple si labora en descanso obligatorio. Art. 5 Ley Federal del Trabajo.


6.    ¿Si falto el día de descanso obligatorio me pueden despedir?

No, sólo podría descontarse el salario base correspondiente a ese día si existiera acuerdo obrero patronal o determinación de la autoridad, en el sentido de que el trabajador debe prestar sus servicios el día de descanso obligatorio.


7.    ¿Si falto el día de descanso obligatorio me pueden descontar salario triple?

No, sólo podría descontarse el salario base correspondiente a ese día.


8.    ¿Qué sucede si mi descanso semanal coincide con el descanso obligatorio?

Si tu día de descanso semanal coincide con el de descanso obligatorio, no tendrás derecho a un pago adicional, debiendo sólo recibir el pago normal que corresponda a ese día.


9.    ¿Los días de descanso obligatorio aplican en todas las empresas?

Todas las empresas privadas sin excepción deben respetar los días de descanso obligatorio, ya que el artículo 1° de la Ley Federal del Trabajo.


10. ¿Los servidores públicos disfrutarán de los días de descanso obligatorio?

Los trabajadores al servicio del Estado tendrán derecho a disfrutar de los días de descanso obligatorio de conformidad con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaría del Apartado B del artículo 123 Constitucional, y de las respectivas Leyes del Trabajo vigentes en cada entidad federativa, atendiendo a las necesidades y modalidades del servicio público.


11. ¿Dónde puede denunciar en caso de no respetar mis derechos laborales?

En caso de no recibir el pago o no me respeten tu derecho al descanso obligatorio, puedes acudir al Centro de Conciliación Laboral o la oficina de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que corresponda al domicilio en donde se ubique la fuente de trabajo. TELÉFONO 800-911-7877 CORREO orientacionprofedet@stps.gob.mx

 

Autor de este artículo:
 Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en Derecho

El contenido de este artículo es propiedad de su autor
queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor