diciembre 11, 2021

¿Puedo impedirle a mi ex´s tener novio?

En las cuentas oficiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se publico una tesis de jurisprudencia en la cual se hace un análisis sobre la legalidad de limitar, en un convenio de divorcio, que la pareja pueda volverse a relacionar con una nueva pareja, la cual dado su contenido ha provocado un sinnúmero de reacciones, es por ello que en esta capsula vamos a hacer el análisis de tan controvertida jurisprudencia.

En la tesis en estudio, que lleva por rubro: CONVENIO DE DIVORCIO. SON INCONSTITUCIONALES LAS CLÁUSULAS CONTRACTUALES QUE REPRODUCEN RELACIONES DE PODER ENTRE GÉNEROS, se establecen los siguientes hechos:

Con motivo del divorcio de un hombre y una mujer, éstos celebraron un convenio por virtud del cual el hombre donó a sus hijos la propiedad de un bien inmueble y, sobre éste, constituyó un derecho de usufructo en favor de su exesposa, cuya existencia sujetó al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) que ella se mantuviera soltera; b) que no recibiera visitas masculinas en el inmueble; c) que no contrajera matrimonio; y, d) que habitara el inmueble exclusivamente en compañía de sus hijos.

Según se señala en la resolución en estudio, el criterio jurídico que tuvo la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para emitir la sentencia, es que son inconstitucionales las cláusulas contractuales del convenio de divorcio que reproducen relaciones de poder intergenéricas, pues en su concepto son contrarias a diversos artículos de la Constitución y diversas leyes. Para justificar su decisión, se señala que con ese tipo de convenios se establecen relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, asegurando el monopolio de poder de dominio del género masculino, provocando que el temor o miedo de las mujeres, respecto de los hombres, se constituya en una pauta de comportamiento; fomentándose así roles de género que no tienen justificación constitucional, al vincular a las mujeres con un rol de sumisión que les atribuye un papel de género que, automáticamente, las coloca en una posición de subordinación y vulnerabilidad.

Esta tesis emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, seguramente llevará a muchas personas que están en proceso de divorcio a repensar sobre los convenios para disponer los bienes que se adquirieron dentro del matrimonio, ya que en muchos casos, atendiendo quizás a una tradición de protección del patrimonio en favor de los hijos, se establecen este tipo de convenios que buscan sin duda asegurarles ese patrimonio y proteger a la pareja, estableciendo este tipo de condiciones a la mujer para poder seguir habitando y poseyendo el inmueble.

Como siempre la mejor opinión la tienes tu y la queremos ver en los comentarios ¿Estas de acuerdo con este tipo de cláusulas?

Espero que esta información te haya sido de gran utilidad y la compartas entre tus conocidos. Si tienes alguna duda sobre este tema, escríbela en los comentarios y Los Abogados la responderán.

Si quieres conocer el texto completo de la tesis analizada, puedes consultarla en el siguien vínculo: CONVENIO DE DIVORCIO

Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
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