abril 20, 2021

DESPEDIDO DE MI TRABAJO. EN DÓNDE PRESENTO MI DEMANDA???

En caso de despido ¿A dónde debo acudir?

Muchas personas que son despedidas de su trabajo desconocen a dónde deben acudir para presentar su reclamación, es por ello que el día de hoy, te voy a explicar cuales son las distintas opciones que se tienen y al final del artículo te diré el tiempo máximo que tienes para iniciar tu reclamación.

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Una vez que el patrón te informa que estás despedido o que estás causando baja , debes conservar la calma y no firmar ningún documento sin que lo revise previamente un Abogado, ya que sin saberlo podrías estar firmando tu renuncia y con ello liberando al Patrón de la responsabilidad por el despido injustificado y acudir a la autoridad que, por Ley, debe conocer del conflicto, las cuales pueden ser. La Junta de Conciliación y Arbitraje, Centro de Conciliación Laboral, Juzgado Laboral, Procuraduría de la Defensa del Trabajo, pero ello dependerá de la ubicación del centro de trabajo y la actividad a la que se dedique la empresa.

Centro de Conciliación

En caso de que la empresa se ubique en los Estados de Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Zacatecas, Campeche, Chiapas, Tabasco e Hidalgo, este último solo a nivel federal, tendrás que acudir al Centro de Conciliación Laboral para iniciar el procedimiento conciliatorio obligatorio, el cual tendrá una duración máxima de 45 días.

Juzgado Laboral

Una vez agotado el procedimiento ante el Centro de Conciliación sin llegar a acuerdo, deberás continuar el tramite de tu demanda ante un Juzgado Laboral, pero recuerda que por el momento sólo aplica en los Estados de Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Zacatecas, Campeche, Chiapas, Tabasco e Hidalgo, este último solo a nivel federal.

Junta de Conciliación y Arbitraje

En los demás estados de la República y la Ciudad de México, mientras no den inicio los Centros de Conciliación y juzgados laborales, las Juntas de Conciliación y Arbitraje recibirán todas las demandas que por despido se presenten en su territorio.

Tribunal de Conciliación y Arbitraje

Si se trata de empleados del servicio público, tendrán que acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en el caso del servicio federal, o el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, en el caso del servicio estatal y municipal.

¿Autoridad Federal o Estatal?

En base a la actividad que desarrolle la empresa y aplicando las reglas de los artículos 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, se determinará si deberá ser una autoridad local o federal la que deba conocer de la demanda de despido.

Procuraduría de la Defensa del Trabajo

La llamada PROFEDET, es una entidad pública que brinda asesoría gratuita a los trabajadores y los representa en juicio, pero no se encarga de resolver los conflictos, únicamente de apoyar en su solución.

Centro de Asesoría y Abogados Particulares

En este caso de trata de instituciones no gubernamentales, regularmente de tipo privado, cuya misión en dar asesoría y representación legal a patrones y trabajadores para la solución de sus conflictos laborales. Si estás interesado en que nosotros te asesoremos, ponte en contacto con nosotros a través de nuestras redes sociales.

Plazo para presentar la demanda

Como te ofrecí al inicio de esta capsula, te comento que, en caso de despido de trabajadores en el servicio particular, tendrán un plazo de hasta dos meses para presentar su demanda, los que se cuentan a partir del día siguiente de tu baja o separación. En el el servicio público varían los plazos y lo recomendable es consultar con un experto en leyes del trabajo.

Hasta aquí dejamos este tema, en la descripción te dejo este enlace para para que encuentres más información sobre el mismo. Si te gusto este capsula compártela con un amigo ya que así nos motivas a seguir produciendo este tipo de contenidos y a que un mayor número de personas conozcan sus derechos. Te dejo el link a nuestras redes sociales y te pido que te suscribas a Conciliación y Arbitraje México en YouTube y nuestro Podcast “Los Abogados, Platicando Legalmente” en tu plataforma preferida. Muchas Gracias por tu atención y hasta pronto.

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
El contenido de este artículo es propiedad de su autor.
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www.ConciliaciónyArbitraje.mx.