Si tu #CentroDeTrabajo no te permite disfrutarlos o no te los paga, acércate a PROFEDET para asesoría gratuita:
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Conciliación y Arbitraje México
Centro Privado de Asesoría Legal
septiembre 12, 2025
DESCANSO OBLIGATORIO NO PAGADO. DENUNCIA
La Realidad Silenciosa del Acoso y Hostigamiento Laboral
😔 Cuando el Trabajo se Vuelve
una Pesadilla: La Realidad Silenciosa del Acoso y Hostigamiento Laboral
Por Enrique Rueda Santillán
Imagina despertar cada mañana
con un nudo en el estómago, sabiendo que el verdadero reto no será el
trabajo en sí, sino el ambiente hostil que te espera al cruzar la puerta de tu
oficina. Ese peso invisible que desgasta, que apaga la motivación y que
convierte un empleo en una pesadilla.
📊 Eso es lo que miles de trabajadores en
México viven día con día: el acoso y hostigamiento laboral, una forma de
violencia que muchas veces se calla, pero que destruye en silencio.
👀 Desenmascarando al Enemigo
Invisible: ¿Qué es Realmente el Hostigamiento?
El hostigamiento laboral no
es simplemente un “jefe exigente” o “un mal día en la oficina”.
La Ley Federal del Trabajo
lo define como el ejercicio del poder en una relación de subordinación real
de la víctima frente al agresor, que se expresa en conductas verbales, físicas
o ambas.
👉 Aquí la clave:
- Hostigamiento:
ocurre cuando hay subordinación directa (jefe–empleado).
- Acoso sexual:
puede ocurrir entre colegas sin jerarquía, y genera un ambiente hostil,
humillante o intimidatorio.
Ambos son ilegales. Ambos
lastiman. Ambos deben denunciarse.
🎭 Las Mil Caras del Acoso:
Señales que No Debes Ignorar
El acoso se disfraza de
muchas formas. A veces es un grito frente a todos, otras, un silencio calculado
para hacerte sentir invisible.
🔴 Control y Aislamiento
- Te separan del equipo o te cambian de
lugar sin razón
- Te niegan herramientas para trabajar
- Alteran tus horarios a su antojo
🔴 Ataques a tu Dignidad
Profesional
- Críticas ofensivas constantes a tu
trabajo
- Te asignan tareas menores solo para
humillarte
- Te excluyen mientras favorecen a otros
🔴 Violencia Verbal y
Psicológica
- Gritos, insultos y humillaciones
- Sobrecarga de tareas imposibles, o al
contrario, marginación absoluta
- Reducción de salario o prestaciones sin
explicación
📉 En 2022, más de 109 mil trabajadores
dejaron su empleo por acoso o discriminación, el 60% fueron mujeres. Eso
significa que cada hora, 12 personas en México abandonan su fuente de
ingresos por estas razones.
⚖️ Tu Escudo Legal: Herramientas para
Defenderte
Si estás viviendo esta
situación, lo más importante es que sepas esto: no estás indefenso. La
ley está de tu lado.
🛡️ Vía Laboral
- Centros de Conciliación Laboral:
puedes rescindir tu contrato sin responsabilidad para ti y la
empresa debe indemnizarte 👉
Inicia aquí.
- Tribunales Laborales:
si decides demandar directamente, puedes hacerlo con apoyo de PROFEDET o
un abogado particular.
🛡️ Vía Anti-Discriminación
Si la humillación o la burla
son parte del acoso, puedes denunciar ante COPRED (CDMX) o CONAPRED
(nivel nacional).
🛡️ Vía Civil
Cuando el daño emocional,
psicológico o económico es grave, puedes reclamar indemnización por daños y
perjuicios.
💔 El Costo Humano del Acoso
El hostigamiento no solo
golpea el trabajo. Se mete en tu vida, en tu salud, en tu hogar:
- Físico: estrés crónico,
insomnio, hipertensión
- Psicológico:
depresión, ansiedad, pérdida de autoestima
- Profesional:
freno en tu carrera, daño a tu reputación
- Familiar:
discusiones, tensiones económicas, aislamiento
La NOM-035 reconoce
que estas conductas pueden llevar a la depresión y la pérdida de autoestima, y
obliga a las empresas a cuidar el bienestar psicosocial de sus trabajadores.
🗺️ Tu Mapa de Supervivencia:
Estrategias que Funcionan
📝Documenta todo:
lleva un registro con fechas, correos, testigos.
🤝
Busca apoyo: habla con alguien de confianza, busca terapia
o redes de apoyo.
⚖️ Conoce tus derechos:
revisa políticas internas y no dudes en pedir asesoría legal.
🌟 Un Rayo de Esperanza
Aunque el acoso laboral
creció, cada denuncia que se presenta abre un camino hacia espacios de trabajo
más justos y humanos.
✨Tu bienestar no es negociable.
✨Tu dignidad vale más que cualquier empleo.
✨ Y tu voz puede ser el cambio que otros
necesitan.
Si hoy estás viviendo esto,
recuerda: no estás solo. Documenta, denuncia, busca apoyo. Merezcas un
lugar donde tu talento florezca sin miedo, con respeto y dignidad.
✍️ Autor: Enrique Rueda
Santillán
🧠 Edición y estilo
con IA
Sistema de Quejas y Accidentes Laborales (SIQAL)
Ingresa en el siguiente enlace:
Sistema de Quejas y Accidentes Laborales (SIQAL)
En el Sistema de Quejas y Accidentes Laborales SIQAL puede presentar las siguientes quejas:
1. Quejas por violación a sus derechos laborales:
- Personas trabajadoras que no están dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Pago del salario por debajo del mínimo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo. Puede consultar el salario mínimo (Ver TablaTabla de salarios mínimos generales y profesionales por areas geográficas)
- Falta de pago o pago incompleto de horas extras.
- No se respetan los periodos vacacionales.
- No se respetan las incapacidades.
- Falta de pago o pago incompleto de utilidades.
- Pago incompleto o falta de pago de finiquitos o liquidación.
- Trabajo Infantil.
- Trabajo de migrantes que no reciben prestaciones de Ley.
- Hostigamiento o acoso laboral.
- Falta de equipo de protección personal.
- Malas condiciones del equipo de protección personal.
- Instalaciones inseguras en el centro de trabajo.
- Instalaciones insalubres en el centro de trabajo.
- Falta de capacitación o capacitación insuficiente por parte del empleador.
- Personas trabajadoras que desarrollan su jornada laboral en una empresa diferente a la que le paga su salario.
- Empresas que prestan servicios especializados y no se encuentran registrados en el REPSE.
- Personas trabajadoras que son cambiados constantemente de empleador, realizando las mismas actividades en el mismo centro de trabajo.
2. Incumplimiento al contrato colectivo o individual de trabajo:
No se legitimó el contrato colectivo y no se respetaron las condiciones laborales, ocasionando perjuicio en los derechos de las personas trabajadoras, tales como: reducción de vacaciones, aguinaldo, reducción o suspensión de bono de productividad, fondo de ahorro o gastos funerarios y suspensión del transporte, entre otros.
3. Accidentes laborales ocurridos en su centro de trabajo:
En el SIQAL puede hacer de conocimiento de la STPS el acontecimiento de un accidente laboral que le haya ocurrido a usted o a un tercero. Recuerde: en la descripción de los hechos, debe identificar las lesiones causadas en el accidente, señalar el lugar de los hechos, los posibles involucrados y las posibles causas del accidente. También puede reportar una condición laboral insegura que ponga en riesgo su integridad física.
El SIQAL está dividido en 3 módulos en los que puede elegir si quiere hacer de conocimiento de la SPTS una queja, accidente o violación a los contratos colectivos/individuales de conformidad con lo descrito en el punto anterior.
- Para ingresar a cada uno de los módulos deberá crear un usuario en la plataforma con su correo electrónico.
- A partir del ingreso al sistema podrá elegir qué tipo de reporte desea presentar.
- En cada uno de los módulos se desplegarán múltiples opciones en las que podrá encontrar la opción adecuada para la situación que desea hacer de conocimiento de la STPS.
- El sistema solicitará información específica para dar seguimiento a su reporte (datos del centro de trabajo, descripción de los hechos, entre otros).
- Revisado y capturado su reporte el sistema emitirá un acuse de recepción con un número de folio de seguimiento.
- Podrá visualizar en que fase de atención (recibido, en trámite o finalizado) se encuentra el número de folio asignado a su reporte.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social garantiza la confidencialidad de su información e identidad, en este sentido su patrón o empleador no tendrá acceso a la información relacionada con el reporte que haya generado.
Lo anterior conforme lo dispuesto en los artículos 16, 17, 18,19, 23 y 25 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Por supuesto, el SIQAL permite la carga de documentos anexos en diferentes tipos de formatos (que no superen los 10 MB cada uno) que añadan sustento a su reporte realizado en la plataforma, tales como:
- Fotografías, audios o videos.
- Documentos (Solo archivos pdf, jpg, jpeg y png).
- Declaración de testigos (Solo archivos pdf, jpg, jpeg y png).
- Notas periodísticas (Solo archivos pdf, jpg, jpeg y png).
Deberá ingresar nuevamente a la plataforma con su usuario y contraseña. Posteriormente, deberá posicionarse en la categoría correspondiente a su reporte y ahí podrá visualizar en qué fase de atención (recibido, en trámite o finalizado) se encuentra el número de folio asignado a su reporte.
Recuerde que para ingresar al SIQAL es necesario tener a la mano su usuario y contraseña, con las cuales podrá ingresar las veces que requiera a la plataforma.
Es importante mencionar que la información proporcionada en la plataforma SIQAL es confidencial y ninguna persona ajena a esta Secretaría tiene acceso a ella. No obstante, si desea interponer una queja o reportar un accidente sin necesidad de registrarse en la plataforma, podrá comunicarse directamente a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo al número telefónico (55) 2000 5300 extensiones 65338, 65314 o al correo electrónico centromando.dgift@stps.gob.mx, donde será atendido por servidoras y servidores públicos capacitados para recibir su queja o reporte de accidente, dar seguimiento al trámite de la solicitud e informar los resultados correspondientes.
septiembre 09, 2025
🇲🇽 16 de septiembre: lo que todo trabajador debe saber sobre su derecho a descansar o cobrar TRIPLE 💸
🇲🇽 16 de septiembre: lo que todo trabajador debe saber sobre su derecho a descansar o cobrar TRIPLE 💸
El
16 de septiembre es una fecha que todos asociamos con la Independencia de
México. 🎉 Sin
embargo, más allá de las celebraciones cívicas, este día también tiene un significado
laboral muy importante: está reconocido en la Ley Federal del Trabajo
como día de descanso obligatorio. ⚖️
👉 Esto significa que no
se trata de un beneficio que el patrón “concede” por buena voluntad, sino de un
derecho establecido por la ley.
Y
si por necesidad de la empresa tienes que laborar en esta jornada, tu
remuneración no será la misma que cualquier otro día: la norma garantiza que
recibas un pago triple. 💰💰💰
Por Enrique Rueda.
📜 ¿Qué
dice la Ley?
El
Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece que el 16 de
septiembre es un día de descanso obligatorio.
🗓️ A diferencia de otros
países que recorren los festivos a lunes para crear puentes, en México esta
fecha se respeta en su día exacto.
La
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la PROFEDET
han reiterado que cualquier trabajador que labore en esta fecha debe recibir:
✅ Su pago normal
✅ Más el doble adicional
👉 En total, tres
veces su salario diario.
✨ Casos prácticos para
entenderlo mejor
👩💼 Caso
1: Tienda de autoservicio
María,
cajera de una tienda, gana 300 pesos diarios. El 16 de septiembre le
piden trabajar:
- Pago
normal: 300 pesos
- Pago
doble adicional: 600 pesos
- Total
recibido: 900 pesos solo por esa jornada
👨💻 Caso
2: Oficina corporativa
Juan
gana 15,000 pesos mensuales, lo que equivale aproximadamente a 500
pesos diarios. Si trabaja el 16 de septiembre:
- Pago
normal: 500 pesos
- Pago
doble adicional: 1000 pesos
- Total
recibido: 1500 pesos
👉 Y si el 16 cae en
domingo, ¡todavía se suma la prima dominical del 25 %! 📈
🚫 No
confundas el 15 con el 16
El
15 de septiembre, día del tradicional Grito de Independencia 🎇, NO está
contemplado como descanso oficial.
Las
escuelas y centros de trabajo operan normalmente, salvo que el patrón otorgue
ese beneficio extra.
➡️ El verdadero descanso
obligatorio, protegido por ley, es el 16 de septiembre. 🇲🇽
🛑 ¿Qué
hacer si no te pagan correctamente?
Si
el patrón no respeta este derecho, puedes acudir a la PROFEDET (Procuraduría
Federal de la Defensa del Trabajo).
Allí
te brindan asesoría gratuita y, si es necesario, representación legal
para exigir el cumplimiento de la ley. ⚖️
📊 Dato
interesante
Cada
año, la STPS recibe numerosas quejas relacionadas con el pago del 16
de septiembre.
Muchos
trabajadores desconocen que les corresponde el triple, y esta falta de
información es aprovechada en algunos centros de trabajo.
📢 Difundir la cultura
jurídica laboral es fundamental para que todos sepan lo que la ley les
reconoce.
🎯
Conclusión
El
16 de septiembre es una fecha de orgullo patrio 🇲🇽, pero también una
oportunidad para recordar que la independencia se ejerce defendiendo
nuestros derechos laborales.
💡 Descansar o cobrar lo
justo no es un privilegio, es un derecho que la ley reconoce.
Celebra,
descansa o cobra lo que la ley marca: en cualquiera de los casos, haz valer tu
independencia. 🙌
✍️ Autor: Enrique Rueda
Santillán
🧠 Edición y estilo
con IA
septiembre 04, 2025
PRIMA DE ANTIGÜEDAD. TODO LO QUE DEBES CONOCER.
PRIMA DE ANTIGÜEDAD. TODO LO QUE DEBES CONOCER.
Enrique
Rueda Santillán
Uno de los más recurrentes debates que se suscitan entre
la parte patronal y las personas trabajadoras, es la relacionada con el tema
del pago de la prima de antigüedad, por ese motivo en este artículo vamos a
abordar el tema, esperando que todas esas dudas puedan ser resueltas.
1.
Tengo menos de 15 años de antigüedad, en caso de
despido ¿Procede la prima de antigüedad?
Si,
si procede ya que conforme a lo señalado en el artículo 162, fracción III de la
Ley Federal del Trabajo, esta prestación se debe cubrir a las personas
trabajadoras que se separen de su
trabajo por causa justificada y a los que sean separados de su empleo,
independientemente de la circunstancia del despido.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Artículo 162.- Los trabajadores de planta tienen
derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:
I.
La prima de antigüedad consistirá
en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;
II.
Para determinar el monto del
salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;
III. La prima de
antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su
empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos.
Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean
separados de su empleo, independientemente de la justificación o
injustificación del despido;
Autor de este
artículo:
Enrique Rueda Santillán
Maestro
y Licenciado en Derecho
Los
Abogados, platicando legalmente podcast
El contenido de este artículo es propiedad de su autor
queda permitida su reproducción total o
parcial siempre y cuando se cite fuente y autor
agosto 26, 2025
CAPACITACIÓN FUERA DE HORARIO LABORAL
¿Me pueden obligar a tomar capacitación fuera del horario laboral?
Enrique Rueda
1.
La capacitación o adiestramiento deberá impartirse al
trabajador durante las horas de su jornada de trabajo.
2.
En casos excepcionales, atendiendo a la naturaleza de los
servicios, patrón y persona trabajadora podrán acordar que se tome fuera de la
jornada de trabajo.
3.
En caso de que la persona trabajadora desee capacitarse en una
actividad distinta a la de la ocupación que desempeñe, en cuyo supuesto, la
capacitación se realizará fuera de la jornada de trabajo.
4.
Consulta a un abogado para que te oriente sobre tus derechos
laborales.
Fundamento: Artículo 153-A Ley Federal del Trabajo
Autor de este
artículo:
Enrique
Rueda Santillán.
Maestro y
Licenciado en Derecho
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contenido de este artículo es propiedad de su autor.
Queda
permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y
autor
agosto 22, 2025
🚨 ¿Está permitido el cambio de horario laboral sin consentimiento del trabajador?
📱 El "pequeño" cambio que lo altera todo
Enrique Rueda
Te avisan por WhatsApp: "A partir del lunes entras de 3 a 11 pm". Un mensaje que cae como un baldazo de agua fría 🧊. No hubo diálogo, no firmaste nada y tu vida familiar se desmorona como castillo de naipes 🏰.
¿Puede la empresa mover tu horario así, como si fueras una pieza de ajedrez? 🤔
En México, el horario no es un capricho patronal: es una condición esencial de trabajo tallada en piedra 🪨 y la ley pone muros de contención muy concretos. Veamos, con base en la Ley Federal del Trabajo y criterio judicial, qué batallas se pueden librar y cuáles están perdidas desde el inicio. ⚖️
📚 Lo que debes saber (tu arsenal legal 🛡️)
🤝 La jornada y el horario se acuerdan, no se imponen
La LFT establece que trabajador y patrón fijarán la duración de la jornada como dos arquitectos diseñando un edificio 🏗️, respetando los máximos legales. Es decir, la regla de oro es el acuerdo; no el decreto imperial 👑.
✅ Los tres rostros de la jornada:
🌅 Diurna: 8 horas (como el sol que sale y se pone)
🌙 Nocturna: 7 horas (respetando el descanso del búho humano)
🌤️ Mixta: 7.5 horas (el punto de equilibrio)
Cambiarte de diurna a nocturna es como cambiar el día por la noche sin consultarte: un terremoto en tu rutina que la ley no tolera. ⚠️
❌ ¿Puede el patrón modificar condiciones como un emperador absoluto?
¡De ninguna manera! 🚫 La variación unilateral es como romper un contrato sagrado: los tribunales la reconocen como una puñalada trapera ⚔️ que permite al trabajador rescindir la relación laboral con indemnización en el bolsillo 💰. El famoso "ius variandi" no es carta blanca para el despotismo empresarial.
🆘 ¿Qué pasa si el cambio convierte tu vida en un infierno?
La LFT te permite alzar la espada judicial ⚔️ cuando la jornada se vuelve un monstruo devorador de tiempo o las circunstancias económicas justifican el cambio. También abre las puertas doradas de la rescisión sin responsabilidad (art. 51 fr. IV LFT) cuando el patrón mueve las reglas del juego sin consentimiento.
🎭 Lo que sucede en la vida real (el teatro laboral cotidiano)
Caso A: 🌅➡️🌙 El gran salto del día a la noche
-
El drama: Te convierten de alondra matutina en búho nocturno sin tu bendición. Es como cambiar de planeta - afecta tu salud, seguridad y esa orquesta familiar que tanto trabajo te costó afinar. 🎼
-
El veredicto legal: Un cambio así es como mover las columnas del templo - la ley lo considera invasión a condición esencial.
-
Tu estrategia de guerra:
📝 Documento de inconformidad
🤝 Conciliación obligatoria
⚖️ Demanda o rescisión con indemnización como botín
Caso B: ⏰ El vals de las dos horas perdidas
-
El panorama: Te recorren el horario como las manecillas del reloj - mismo turno, nueva ventana. Parece inocente, pero es como cambiar las llaves de tu casa sin preguntarte.
-
La clave maestra: Si no lo aceptas, el patrón no puede forzar la cerradura. Negocia alternativas o activa conciliación. Si te bloquean el acceso, es despido disfrazado con todas sus consecuencias legales. 💪
Caso C: 🚨 La excepción que confirma la regla
-
El escenario: Como en película de acción - siniestro o riesgo inminente. La ley permite estirar la liga temporalmente, pero solo como medicina de emergencia. Las horas extra tienen reglas y pago específico.
Caso D: 📢 El espejismo del aviso
-
La trampa: Te notifican el cambio como proclama real, pero sin tu firma. El aviso no sustituye tu consentimiento. Si no firmas y te dan de baja, probablemente sea despido injustificado. 🚫✍️
🛠️ Tu manual de supervivencia laboral
1️⃣ 📋 Conviértete en detective de tu contrato
Encuentra el horario grabado en piedra. Si no aparece, usa recibos de pago y constancias como testigos mudos.
2️⃣ ✍️ Tu inconformidad: un escudo de papel
Redacta escrito sencillo a Recursos Humanos rechazando el cambio. Guarda copia firmada como tu as bajo la manga.
3️⃣ 🚪 Preséntate en tu horario original
Si te cierran las puertas, documenta todo como reportero de guerra. Esa evidencia prueba despido injustificado.
4️⃣ 🤝 La conciliación: primera línea de defensa
Es obligatoria y gratuita. Allí se busca acuerdo antes de ir a juicio.
5️⃣ ⚖️ El Tribunal: el coliseo final
Si falla la conciliación, tienes tres espadas:
-
Modificación de condiciones (art. 57 LFT)
-
Rescisión con indemnización (art. 51 fr. IV LFT)
-
Despido injustificado
6️⃣ 👥 Tu sindicato: la caballería
Si tienes sindicato, notifícalo de inmediato. El contrato colectivo puede blindar tu caso.
✨ El código de honor para cada bando
👷♀️👷♂️ Trabajadores
📖 Conoce tu contrato como marinero conoce las estrellas
🚫 Tu firma es sagrada: no la entregues a cambios que no aceptas
📝 Documenta todo como cronista de tu propia historia
🤝 Conciliación: tu primer puerto, gratuito y obligatorio
🏢 Empleadores
🤝 Negocia como diplomático: todo por escrito
🧠 Evalúa impacto en salud, familia y transporte
❌ Evita la imposición: la unilateralidad es campo minado de condenas e indemnizaciones
📝 El gran final
En México, cambiar el horario laboral sin consentimiento es como mover piezas de ajedrez cuando el rival no mira: una jugada prohibida. 🇲🇽
La LFT no es letra muerta: es un escudo viviente que exige acuerdos y ofrece salidas legales para modificar condiciones de manera justa. Si intentan imponerte un cambio, no eres una hoja al viento: tienes herramientas afiladas para conciliar, demandar o rescindir con indemnización como premio a tu resistencia. 💼⚖️
📚 Fuentes de sabiduría
-
Ley Federal del Trabajo (arts. 56, 57, 58–61, 63, 65–68)
-
LFT — Jornada de Trabajo (Justia México)
-
Semanario Judicial: Tesis “Condiciones de trabajo, variación por el patrón, sin consentimiento del trabajador. Es causa de rescisión”
⚠️ Advertencia de navegante: Este artículo es brújula informativa. Para tormentas específicas (contratos colectivos, cláusulas de flexibilidad, teletrabajo), consulta a un capitán especializado en derecho laboral.
✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición y estilo con IA
agosto 19, 2025
Útiles y Uniformes Escolares: ¿Se pueden descontar por nómina?
La realidad legal (directo al
grano)
Sí: los útiles escolares
forman parte de la pensión alimenticia. No es negociable ni
opcional. La ley mexicana es clara: los “alimentos” incluyen todo lo
relacionado con la educación: colegiaturas, libros, uniformes, transporte y
útiles escolares.
Así que si tu ex dice “eso
no me toca”, está equivocado. La única excepción es que la sentencia o
convenio establezca expresamente otra forma de cubrirlos.
Descuento por nómina (la vía
práctica)
¿Se puede obligar a que
paguen directo de su salario? Absolutamente sí. La Ley Federal del
Trabajo permite los descuentos en nómina por pensión alimenticia y esta
obligación tiene prioridad sobre otras deducciones.
Pero ojo: necesitas una orden
judicial. Recursos Humanos no puede retener dinero solo porque tú lo pidas
por WhatsApp.
Estrategia según tu situación
👉 Si eres quien recibe la pensión:
- Junta todos los comprobantes: lista
oficial, cotizaciones y facturas.
- Revisa tu sentencia o convenio: ¿los
útiles están como gasto ordinario o extraordinario?
- Si hay incumplimiento, presenta un incidente
de ejecución.
- Lleva datos exactos del trabajo de tu ex
(nombre de empresa, dirección y contacto de RH). Esto agiliza muchísimo el
proceso.
Casos reales de juzgados
📌 Agosto, inicio de clases: mamá
presenta lista de útiles de $3,000. El papá dice “ya pago pensión”. Resultado:
- Si la pensión ya incluye educación, no
hay descuento extra.
- Si el convenio marca los útiles como
gasto extraordinario, el juez ordena un descuento adicional temporal.
📌 La famosa Tablet: “Mi hijo
necesita una computadora para clases en línea”. El juez pide comprobar que es realmente
necesaria según la escuela. No basta querer el último modelo.
Preguntas frecuentes
¿El descuento se hace sobre
sueldo bruto o neto?
Depende de lo que diga la
sentencia. Si no está claro, pide al juez que lo precise. No dejes que RH lo
interprete a su conveniencia.
¿Puede la empresa negarse a
descontar?
No. Si hay orden judicial y
la empresa no cumple, puede enfrentar sanciones legales serias.
✅ Recuerda: no tienes que rogar por lo que les
corresponde a tus hijos por ley. Si tu ex no cumple, la herramienta legal
existe, úsala.
✍️ Autor: Enrique Rueda Santillán
🧠 Edición y estilo con IA